Desempeño de la telefonía rural en el Perú

Publicado por Antonio Rodriguez Lobatón • Marzo 10, 2010 • Archivado en Servicio universal, Telecomunicaciones, Telefonía, Telefonía ruralAún no hay comentarios

En una entrada anterior (Internet para un buen guiso de lentejas) y luego de un recuento de algunos estudios relacionados con el impacto económico de las nuevas tecnologías en entornos rurales de la India y Níger, señalamos que no existían análisis similares para el caso del Perú. Me equivoqué. Gracias al blog de Jorge Bossio (Línea de Vista) pudimos saber de un estudio encargado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) al Instituto Cuánto sobre el impacto de los proyectos de telefonía rural.

El Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (FITEL) en el Perú se forma a partir de un tributo recaudado sobre los ingresos de las empresas concesionarias de servicios públicos de telecomunicaciones y está destinado a cubrir las necesidades de Acceso Universal. Este fondo es administrado por el MTC desde el año 2006.

El Informe (Evaluación de Impacto de Proyectos del FITEL), encargado por el MTC en el año 2007 y fechado en septiembre de 2009 mide el impacto de los Proyectos FITEL bajo distintos criterios de evaluación: impacto, pertinencia y sostenibilidad. Los Proyectos FITEL bajo análisis son:

- FITEL I: Proyecto Piloto Frontera Norte: Tumbes, Piura, Cajamarca y Amazonas.

- FITEL II: “Prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en las áreas rurales de los departamentos de: Arequipa, Moquegua, Puno y Tacna (Proyecto Sur); Loreto y San Martín (Proyecto Selva Norte); y, Apurímac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica y Madre de Dios (Proyecto Centro Sur)”.

- FITEL III: “Prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en las áreas rurales de los departamentos de: Ancash, La Libertad y Lambayeque (Proyecto Centro Norte); Huánuco, Junín, Lima, Pasco y Ucayali (Proyecto Centro Oriente); y, Piura, Cajamarca y Amazonas (Proyecto Norte)”,

- FITEL IV: “Incremento de la Penetración de Teléfonos Públicos Comunitarios en el interior del país”.

En lo que nos interesa, el Informe encuentra un impacto favorable en los precios percibidos por los agricultores por sus principales productos. El mayor impacto se observa en el precio de la papa, donde los agricultores de zonas beneficiadas con el programa FITEL (básicamente en los proyectos 1, 2 y 3) reciben un precio 8.8% mayor que aquellos no beneficiados.

Asimismo, se observa un efecto significativo en la demanda por mano de obra externa a la familia propietaria de la chacra. Específicamente, el ratio de mano de obra externa sobre mano de obra total se incrementó en 10.9 puntos porcentuales. El efecto es uniforme para todos los proyectos FITEL, sin embargo, este efecto es nulo para aquellos hogares dirigidos por mujeres.

Por otro lado, los adolescentes han reducido la probabilidad del trabajo agrícola sustituyéndolo por asistir a algún centro de estudios. Estos efectos son significativos en jóvenes de entre 15 y 18 años de edad. Se estima que la probabilidad de asistencia escolar se incrementó en 32.3 puntos porcentuales. Asimismo, la probabilidad de trabajo agrícola se redujo en 35.8 puntos porcentuales. Sin embargo, estos efectos son nulos en hogares donde el jefe de familia es mujer.

Se ha evidenciado también que los mayores precios percibidos por los agricultores, han permitido que se generen excedentes monetarios en las zonas de influencia del proyecto FITEL dándose un desarrollo de esquemas de préstamos hacia unidades deficitarias de la zona. Se ha encontrado un incremento de 7.4 puntos porcentuales en la probabilidad de acceso al crédito. Este efecto se encuentra completamente explicado por un aumento de 7.2 puntos porcentuales en la probabilidad de obtener créditos de fuentes informales.

Se estima un beneficio social derivado del programa FITEL ascendente a 3.87 millones nuevos soles mensuales. Esta cifra expresada en valor presente real tomando en cuenta una vida laboral promedio de 40 años asciende a 474.96 millones de nuevos soles. En términos relativos al PBI, el beneficio social del programa FITEL equivale al 0.0000025% del PBI global del 2008. Asimismo, el estimado equivale al 0.00323% del PBI agropecuario y al 0.00528% del PBI agrícola del 2008.

El análisis de sostenibilidad se ha centrado en la demanda por estos servicios expresada en el tráfico de minutos entrantes y salientes. El análisis ha demostrado que los productos sustitutos a los teléfonos FITEL tales como los teléfonos públicos de Telefónica o la cobertura celular son altamente preferidos por los usuarios. Al respecto, la evidencia sugiere que la introducción de teléfonos rurales de Telefónica genera una disminución de 1,506.12 minutos entrantes anuales a nivel de centro poblado. Asimismo, la cobertura celular causa una caída de 1,235.28 minutos entrantes totales.

En cuanto al tráfico saliente, se ha demostrado que la introducción de un teléfono rural de Telefónica causa una disminución de 2,181 minutos anuales de tráfico saliente por centro poblado. Asimismo, la cobertura celular causa una caída equivalente a 1,734 minutos salientes anuales. Es claro que los efectos en minutos salientes son más fuertes que los de minutos entrantes.

Bayly o la iniquidad de ser candidato y conductor

Publicado por Antonio Rodriguez Lobatón • Febrero 27, 2010 • Archivado en Derechos fundamentales, Derechos políticos, Entertainment & Media Law, Libertad de expresión, PerúUn comentario

Jáime Bayly (Lima, 1965) ha renunciado en medio de una gran parafernalia a su programa dominical «El Francotirador» transmitido por Frecuencia Latina. Durante dos horas, de lo más divertidas y no menos espeluznantes, pudimos ver al candidato-conductor cargar tintas contra el propietario del canal, dos de sus colegas del mismo medio y sobre algún que otro comentarista político.

Es una pena que esta esquina no esté dedicada al análisis político, mejor, pero la candidatura de Bayly y el eco que ha logrado en los medios es tan sabrosa como reflejo de lo que se ha convertido la arena política nacional, que algo interesante se podría haber dicho sobre este asunto. Pero como hay bastantes que dicen en política mejor que nosotros recomendamos dar una vuelta por la columna de Hildebrandt en La Primera (Torero o matarife).

Pero existe un tópico abordado por Bayly en su programa de renuncia que nos permite entrar en materia. Bayly fustigó duramente a Fernando Vivas (columnista de El Comercio) por lo que éste considera una incompatibilidad inaceptable: fungir, mejor fingir, al mismo tiempo como conductor de un programa de televisión y candidato a la presidencia.

Básicamente Vivas sostiene (El Comercio: Fernando Vivas sobre Jaime Bayly: “Si va a postular a la presidencia, que renuncie a la TV” y Fernando Vivas: “Que Bayly se deje de tonterías, que ya no es un niño terrible”) que el principal riesgo de la candidatura de Bayly era «que se vaya al diablo la obligada equidad de la TV hacia los candidatos. Entre el jijijí (…) Frecuencia Latina haría trizas lo que le queda de lealtad y transparencia.» Además de advertir que «(…) cuando se superpone la fama televisiva con la angurria política, inevitablemente, se traiciona a la democracia.»

Para comentar la validez de lo dicho por Vivas hay que hacer una doble análisis. Primero si la legislación electoral peruana establece alguna limitación a ser candidato y conductor de un programa de televisión. Si esto no es así, es decir, si el pedido de Vivas carece de asidero legal, el análisis se convierte íntegramente en una disyuntiva de tipo moral y por lo tanto nada obliga a Bayly o a los funcionarios del canal a acatar los pedidos de Vivas. Vayamos entonces por partes.

Hemos revisado la Constitución peruana, la Ley de Radio y Televisión, la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Partidos Políticos y no existe ninguna limitación legal del tipo exigido por Vivas.

Por el contrario la tradición política peruana de los últimas décadas contradicen abiertamente la posición de Vivas y no parece haber generado una ventaja extraordinaria a los candidatos -- conductores. Ricardo Belmont Casinelli, alcalde de Lima en dos ocasiones, candidato a la presidencia y en la actualidad miembro del Congreso no sólo ha sido un conductor de televisión durante toda su carrera política sino que además es propietario de un canal de televisión y en su oportunidad de dos estaciones de radio. Jáime Salinas Lopez-Torres es otro caso similar, si mal no recuerdo mantenía un programa en vivo mientras fracasaba en las elecciones a la alcandía de Miraflores (1998), a la alcaldía de Lima (2002) y a la Presidencia de la República (2006). No recuerdo que se produjeran en estos casos los increíbles efectos de iniquidad que Vivas predice para con Bayly de mantener la doble condición de candidato y conductor .

Las leyes que regulan los procesos electorales establecen una serie de obligaciones a los canales de televisión, como respetar el pluralismo informativo o brindar igualdad de oportunidades a la propaganda política. Pero nada obliga a los canales a otorgar a todos los candidatos el mismo trato. Los canales, como radios, revistas y diarios suelen tener un color político y a él se deben en procesos electorales, no tienen ninguna obligación de imparcialidad, es bueno que así sea, pues no hay nada más democrático que la diversidad y la imparcialidad que exige Vivas es precisamente lo contrario.

Por otro lado conviene recordar que la televisión cada vez tiene menos poder y no más como supone Vivas. En anteriores oportunidades ya hemos señalado de la inconveniencia de regular la industria televisiva (La regulación de la (in)decencia, a propósito del caso FCC v. FoxLa regulación de medios audiovisuales en tiempos convergentes) cuando Internet se está convirtiendo en su sustituto perfecto. Que pasaría si Bayly, sin El Francotirador pero candidato, graba un programa y lo embebe en YouTube ¿lo prohibimos? y si escribe en un blog ¿lo cerramos también? y si crea un canal en línea ¿lo censuramos? Todo en aras de una supuesta equidad entre los candidatos. No tiene mucho sentido.

Entonces, pedido ilegal y regulación inconveniente, yo que el “Tío terrible” seguiría tranquilo con Silvia, el programa y la candidatura.

Indecopi le dijo no al Pezweon, nuevamente

Publicado por Miguel Morachimo • Febrero 24, 2010 • Archivado en Derecho marcario, Derechos de Autor, Derechos fundamentales, Jurisprudencia, Libertad de expresión, PerúHay 5 comentarios

Tres meses luego de que haya vencido el plazo de treinta días hábiles que tenían para resolver, la Dirección de Signos Distintivos de Indecopi (DSD) ha desestimado el recurso de reconsideración (.pdf) que presentaran los creadores del Pezweon contra la Resolución (.pdf) que le negó su registro como signo distintivo por ser contrario a las buenas costumbres.

El Recurso de Reconsideración es el primer recurso impugnativo que puede presentarse contra una decisión de la administración pública. Consiste en solicitar a la misma instancia que emitió el acto que, sobre la base de prueba nueva, dicte un nuevamente el acto impugnado. Esta semana Blawyer tuvo acceso a la Resolución 002628-2010/DSD-INDECOPI, mediante la cual una funcionaria de la DSD ha confirmado su negativa inicial.

La defensa del Pezweon se basaba en cuatro puntos: (i) que la Resolución impugnada no especificaba en cuál de los cuatro supuestos del inciso p) del artículo 135 de la Decisión 486 se encontraba incurso el signo; (ii) que el Pezweon no afectaba los intereses que protegían la prohibición de registro de dicho artículo (Pezweon v. Indecopi: test de registrabilidad); (iii) que la decisión era discriminatoria respecto de marcas similares; y, (iv) que la decisión afectaba derechos fundamentales como la libertad de empresa y la libertad de expresión. Para ello, se aportaron once grupos de pruebas que incluían un libro publicado a nivel nacional, apariciones en distintos medios de comunicación nacionales e internacionales, opiniones de expertos, comentarios en el perfil de Facebook, entre otros. Todos ellos, para la DSD, antes que desvirtuar su opinión la refuerzan. Leamos juntos.

Internet o Facebook no es el Perú

La DSD ampara su negativa en que dicha marca, al ser usada para prendas de vestir, calzado y sobrerería, irá dirigida a personas de todas las edades (incluyendo niños) en todo el territorio nacional. Desde esa perspectiva, la marca puede gozar de cierta popularidad en Facebook pero ello no significa que goce de la misma en todo el territorio nacional (la mayoría de sus fans están en Lima y representan menos del 1% de la población nacional, dice la DSD como quien descubre la pólvora). A la letra señala:

[...] el hecho de ser fan de El Pezweon y visitar la referida página web acredita que el personaje mencionado goza de la preferencia de un determinado grupo de usuarios, pero ello no implica que la expresión PEZWEON sea socialmente aceptada como una frase acorde a [sic] las buenas costumbres ni que pueda ser objeto de registro como signo distintivo de [...] productos dirigidos al público en general.

En el mismo sentido, la DSD desestima la mayoría de pruebas aportadas porque sostiene que ellas son solo muestra de una parcial y antojadiza reacción de cierta porción del público en general agrupada en torno a medios marginales como la Revista Caretas, el diario El Comercio o la Feria Internacional del Libro. Su deber de vigilate atento de la moralidad de las marcas, sin embargo, le impide extrapolar dicha recepción al público en general que debe ser prevenido de estar expuesto a tamaña soecidad. Pensemos en los niños, por favor, nos dice la Santísima DSD.No puede asumirse que dicho grupo de personas [es decir, las que comentan e Facebook, Choledad Privada o LaMula] represente la totalidad de los consumidores a los que van dirigidos los productos que se pretende distinguir”, sentencia. Sin embargo, la misma Resolución cita extractos de algunos comentarios en esos mismos medios en los que ciertas personas manifiestan su malestar con el personaje para acreditar que no a todo el mundo le gusta. Total, ¿la Internet juega como herramienta para medir las preferencias del público en general?

El consumidor medio es ignorante

Sobre la contradicción que conlleva el haber permitido el registro de marcas como Hooters o Squirt, la DSD señala que el consumidor medio no sabe qué diablos significan esas palabras así que las ve como “expresiones de fantasía”. Sobre el registro de la marca Pez On, la DSD entiende que la misma, en el peor de los casos, solo puede ser interpretada como una parte de la anatomía humana. El uso de dicha marca utilizando dos limones como senos femeninos, según la DSD, no se halla en sus registros.

En la convivencia de las personas estimadas honestas

En otro momento estelar de la Resolución, la DSD señala que las pruebas no han acreditado que la expresión “pez weon” se utilizada en el ámbito educativo, familiar, comercial o social. Por ende, “no se puede afirmar que se trate de una frase o expresión socialmente aceptada y de uso generalizado, como parte de la conducta exigible y exigida en la normal convivencia de las personas estimadas honestas”.

Libertad de expresión y libertad de empresa

Sobre la afectación a la libertad de expresión, se ha señalado que no se da porque el personaje viene difundiéndose sin problemas. Sobre lo segundo la DSD ha considerado –en abierto desconocimiento de cómo funciona un derecho de propiedad– que para distinguir productos y servicios en el mercado no es necesario que una marca esté registrada. Claro, que si quiere excluir al resto de usar otras marcas parecidas a la suya será necesario que la registre y, para ello, no debe ser contraria a la moral y las buenas costumbres. En un razonamiento en extremo legalista, la DSD señala que todo ejercicio de la libertad de empresa debe de someterse a las leyes y, en este caso, a los requisitos de registrabilidad de marcas.

Sobre la alegación de que el registro de la marca es la única forma de proteger la inversión realizada en ella, la DSD se dispara en el pie. En pocas palabras, dice que el registro de marcas es algo accesorio, que no enerva el derecho que tiene cualquiera de recurrir a los tribunales de Derechos de Autor o Competencia Desleal. Claro, señala, esas vías son mucho más caras y menos efectivas que la del régimen marcario pero, bueno, es lo que tenemos y no vale quejarse. Osea que la DSD no sirve para nada más que para ahorrate el costo de una denuncia por Derechos de Autor o Competencia Desleal. Si esto es cierto, ¿cuán tangible es el daño que generaría el registro? ¿Por qué detienen su análisis en este punto?

¿Y ahora qué, pezweon?

La nota de prensa difunida por el Indecopi destaca la independencia de la DSD para decidir en contra de lo que había manifestado el Presidente de la propia institución (quien dijo a la prensa que la marca debía de registrarse). Yo no sé hasta qué punto eso sea una muestra de independencia o de tozudez de la DSD. Lo que se viene ahora, según han manifestado Andrea y Carlos, es apelar la decisión a la Sala de Propiedad Intelectual del Indecopi para que un grupo de nuevos funcionarios revise el caso.

La Resolución me parece que peca de formalista. Se ha ceñido en una definición muy amplia de público en general y el estándar probatorio que ha levantado fue diabólico. ¿Cómo probar que a todo el Perú le va a gustar una marca que recién se intenta registrar? Es cierto que Andrea y Carlos, ante cualquier contingencia, podrían recurrir a defender sus derechos en otras instancias con similares consecuencias. Pero eso despierta otra duda: ¿si nuestro sistema legal ampara y protege al Pezweon en esas instancias por qué el régimen marcario sería una excepción? ¿Por qué tanto interés en aplicar en forma desproporcionada la prohibición de la Decisión 486?

Yo creo que a la DSD le ha dolido verse envuelta en tanto escándalo virtual, que su moralidad decimonónica haya sido puesta en tela de juicio por un grupo marginal de internautas que no viven en convivencia honesta. Por ello, ha decidido morir en su Ley (osea, en su inciso p) de la Decisión 486) y hundirse con su barco. Esta fue la primera batalla y creo que la libramos bastante bien. El enemigo ha sido revelado en su absurdo y eso representa una herida fatal. ¿Ustedes qué piensan?

También comentan:

Indecopi rechaza nuevamente el registro de El Pezweon – La Mula

Indecopi le negó nuevamente el registro de marca a El Pezweon – El Comercio

Macmillan Blitzkrieg

Publicado por Antonio Rodriguez Lobatón • Febrero 23, 2010 • Archivado en Comercio electrónico, Derechos de Autor, Entertainment & Media LawAún no hay comentarios

El Kindle, desarrollado y comercializado por Amazon desde noviembre de 2007, es una plataforma que permite visualizar e-libros (e-books) y otros medios digitales. Hasta el momento Amazon ha lanzado al mercado hasta tres versiones de esta plataforma: Kindle, Kindle 2 y el Kindle DX.

Debido a las políticas de DRM (Digital Rights Management) de Amazon, en el Kindle no existe el derecho de primera venta. Un e-libro puede ser descargado desde Amazon sólo a un número limitado de dispositivos. De esta forma sólo con la intervención de Amazon los usuarios pueden descargar los libros electrónicos para los Kindle nuevos o actualizados. Sin embargo, Amazon no establece limitaciones para el número de veces que un libro puede ser descargado en el mismo Kindle.

Jeff Bezos CEO de Amazon señaló en una entrevista de diciembre del año pasado (The New York Times: Book Learning) que retiene el 65 por ciento de los ingresos por las ventas de los e-libros mientras que el 35 por ciento restante se reparte entre el autor y editor del libro. Kindle domina actualmente el mercado de e-libros (70 por ciento de cuota) y de dispositivos para su lectura (80 por ciento).

En su corta vida, el Kindle ya ha tenido algunas controversias importantes. En julio de 2009 se retiraron de forma remota de los Kindles los dos títulos más conocidos del escritor inglés George Orwell (1984Rebelión en la granja), luego que Amazon se percatara que el editor carecía de los derechos necesarios para publicar los títulos en formato electrónico. Blawyer comentó este hecho (1984, veinticinco años después) destacando el paralelismo entre la conducta de Amazon con la del Gran Hermano orweliano. La gracia le costó a Amazon 150 mil dólares, valor que tuvo que desembolsar a uno de los demandantes que sintió violentados sus derechos con la retirada incosulta de los e-libros. No es el último sobresalto de la empresa de Seattle.

Macmillan Publishers Ltd, es una editorial propiedad de la alemana Georg von Holtzbrinck Publishing Group con oficinas en 41 países. Al ser Macmillan uno de los grupos editoriales más importantes de habla inglesa, sus títulos son asequibles a través del Kindle. Sin embargo, nunca se sintió cómoda con la política de precio único ($9,99 por cualquier título) de Amazon. El motivo de la molestia parece evidente si damos por ciertas las declaraciones de Bezos en el Times, Amazon se queda con $ 6,49 por cada libro vendido en el Kindle mientras que reparte únicamente $ 3,49.

Poco después del lanzamiento del iPad al mercado, el 29 de enero, los libros de Macmillan desaparecieron como por arte de magia de los catálogos de Amazon.com. Al parecer como represalia por las exigencias de Macmillan, para que Amazon modificara su política de precio único y permitiera que el valor de los e-libros se establecieran en una banda desde los $ 12,99 a $ 14,99. Sin embargo, el plato de fuerte de la discusión es quién se lleva la piel del león, ahora en manos de Amazon. Macmillan ofreció a Amazon la oportunidad de comprar ediciones para el Kindle bajo el mismo modelo del iPad. Bajo este modelo, Macmillan fija el precio de los e-libros a los consumidores y retiene el 70 por ciento de cada venta, dejando el 30 por ciento para el minorista.

No es un hecho casual, pocas cosas los son, que los lamentos de Macmillan arreciaran luego de la aparición del iPad. Para su lanzamiento Apple había suscrito unos acuerdos que permitían a los editores fijar los precios de los e-lbros. Luego de la bravata de Amazon, eliminando de su tienda todos los libros de Macmillan, anunció el 31 de enero que cedía y aceptaba sus términos y condiciones.

La política de Amazon contradice la práctica tradicional de las casas editoriales de discriminación de precios. Las personas que compran el Kindle son también quienes pagan por comprar un libro en su precio más alto. Los libros de tapa dura salen al mercado inicialmente, al precio más alto, para los clientes insensibles al precio. Una vez agotado este mercado, aparece el libro de bolsillo para deleite de aquellos consumidores sensibles al precio. Si bien algunos clientes comprarían un libro de tapa dura independientemente de si existe una opción más barata, es lógico pensar que la mayoría de los lectores optarían por la opción más económica. De esta forma, si los e-libros se publican simultáneamente con los de tapa dura pero a un precio menor es evidente que los lectores preferirán descargarlos por el Kindle antes que comprarlos.

El Kindle funciona como una plataforma que permite el encuentro entre editores y consumidores, lo que se conoce como un mercado de dos caras (two sided market). Cuando Amazon se mantenía casi en solitario en el mercado de lectores de e-libros, tenía la capacidad de ejercer un importante poder de mercado sobre las editoriales. Esta situación cambió con el arribo del iPad. El precio que Amazon podía pagar si no aceptaba los nuevos términos que Macmillan le ofrecía era particularmente alto. Si los libros de la editorial salían del Kindle, reducía su valor y por ende se colocaba en una situación desventajosa frente al iPad.

El error de Amazon no residió en romper el esquema de precio único, fue retirar los libros de Macmillan y forzar un enfrentamiento que no podía ganar.

Liberando la creatividad

Publicado por Antonio Rodriguez Lobatón • Febrero 22, 2010 • Archivado en Derechos de AutorAún no hay comentarios

Este jueves 25 de febrero desde las 7:50 PM en la Sala Azul del Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica (Av. Camino Real 1075) se realizará el conversatorio «Liberando la Creatividad: nuevas visiones sobre derechos de autor en la era digital».

Como expositor principal estará George Yudice (Universidad de Miami) y como panelistas: nuestro blawyer Oscar Montezuma, Alberto Durant, Jorge Bossio y Roberto Bustamante. Moderará el evento Santiago Alfaro.

El ingreso es libre, hay que confirmar asistencia.

Creatividad peruana

Publicado por Oscar Montezuma • Febrero 16, 2010 • Archivado en Entertainment & Media LawAún no hay comentarios

Estimados lectores, compartimos el siguiente artículo titulado “Creatividad Peruana” publicado el día 15 de febrero de 2010 en el diario Gestión.

Сериал Теоретики o al diablo con tu copyright, Bazzinga!

Publicado por Miguel Morachimo • Febrero 12, 2010 • Archivado en Derechos de Autor, Sociedades de Gestión ColectivaUn comentario

Siempre nos dicen que vivimos en un mundo globalizado. El fin del modelo comunista y la expansión de las sociedades de mercado nos han hecho pensar que todo el planeta finalmente ha bajado de los árboles y vive hoy en una civilización con derecho, televisión por cable y comida rápida. Un mundo civilizado que tiene muchas cosas de imperfecto, pero uno en el que puedo desayunar Starbucks hecho con café de Indonesia y almorzarme un McDonalds y aderezarlo con salsa huancaína. Thomas Friedman decía que si en dos estados es posible sentarse a almorzar un BigMac, entonces las posibilidades de que esos estados resuelvan sus controversias internacionales a través de la guerra se acerca a cero. Déjenme contarles una historia sobre Bielorrusia, un lugar en donde no hay McDonalds.

Beilorrusia es un apacible estado de la ex Unión Soviética de casi diez millones de personas gobernada por un tirano disfrazado de presidente constitucional llamado Aleksandr Lukashenko. Son famosos por su selección de hockey sobre hielo, por su comida altamente calórica y porque hay un bielorruso que juega en el Barcelona FC. No está prohibida la importación de bienes ni servicios de ningún tipo, pero el mercado parece tener predilección por el producto nacional. El último gran éxito de sintonía es un programa producido en Bielorrusia llamado Сериал Теоретики o Los Teóricos. Es una sitcom que se transmite desde diciembre del año pasado sobre la vida de cuatro científicos nucleares bastante nerds que viven junto a una rubia que trabaja en un restaurante de comida rápida. Los personajes se llaman Sheldon, Leo, Hovard, Raj y Natasha.

The Big Bang Theory es una de mis series favoritas. La produce Chuck Lorre y se transmite todos los lunes en CBS, uno de los canales del gran conglomerado de medios estadounidense CBS Corporation/Viacom. Es una sitcom sobre cuatro científicos bastante nerds que viven en Pasadena, CA junto a una rubia medio tonta que trabaja como mesera en The Cheescake Factory. Los personajes se llaman Sheldon, Leonard, Howard, Rajesh y Penny. La serie bielorrusa, como es fácil advertir, es una copia bastante patética de la de CBS y sería bastante sencillo presentar y ganar una reclamación por infracción de derechos de autor contra la productora de tremendo esperpento (Did Belarus Rip Off The Big Bang Theory?). Pero aquí es donde viene lo bueno.

El Estado –principal y casi único agente económico del mercado bielorruso– es el titular del mayor grupo de radiodifusión del país: la National State Television and Radio Company of the Republic of Belarus. Entre otras, esta cadena a través de su canal CTV produce y ostenta los derechos sobre Los Teóricos. De acuerdo a las leyes de derechos de autor, la demanda debe de presentarse en el lugar en el que se comete la infracción. Esto es, los tribunales de Bielorrusia que también son parte del Estado. Según cuenta Chuck Lorre al final del último episodio de The Big Bang Theory, el equipo legal de CBS le dijo que las posibilidades de ganar una demanda de ese tipo eran nulas. Dado el gran índice de corrupción en el Estado, ninguna corte fallaría en contra de la productora nacional. En otras palabras, a Bielorrusia le importó nada el copyright de CBS. No solo copió el plot de la serie y el nombre de los personajes, sino que todos y cada uno de sus capítulos son traducciones casi idénticas de The Big Bang Theory. Muy lejos del comportamiento razonable de quien lleva a cabo una infracción de ese tipo, tienen una página web y publicitan en todo el país la serie.

La efectiva aplicación de las leyes sobre derechos de autor son una consecuencia, no una causa. Los estados en los que menos infracciones se cometen a los derechos de autor son, a su vez, aquellos con mayores índices de desarrollo y menores índices de corrupción. Luchar contra la piratería en grandes espectáculos de demolición de discos piratas, como lo hace el Indecopi, ayuda poco o nada a lograr esta meta. Ayuda poco o nada porque mejor harían controlando a los empresarios que mantienen esos sistemas de  distribución de copias no autorizadas. Todos sabemos donde están, todos los hemos visto en Polvos Azules, Polvos Rosados, en semáforos a pocas cuadras del Indecopi. Por ahí es por donde la industria genera todas sus pérdidas pero el rollo de la piratería es uno noventero para algunas autoridades. Las Sociedades de Gestión Colectiva y el Indecopi prefieren perseguir combis parranderas, teletones, importadores de CDs y DVDs en blanco y hoteles parejeros. Su lucha por lograr el respeto por los derechos de creadores y artistas parece una horrible copia bielorrusa pasada a VCD y vendida en bolista de lo que debería ser una efectiva campaña por lograr el respeto de las leyes sobre derechos de autor.

Pd. La primera imagen la he sacado de la página oficial de CTV sin permiso. También he puesto una parte del primer episodio. Estoy esperando la denuncia. ¡Bazzinga!

¿Por qué discutimos sobre derechos de autor en entornos digitales?

Publicado por Miguel Morachimo • Febrero 10, 2010 • Archivado en Acceso a la información, Derechos de Autor, Derechos fundamentales, Protección de datos personales, Regulación, Secreto de las telecomunicaciones, Sociedades de Gestión ColectivaUn comentario

Los libros de texto nos enseñaron que existía más de una fuente de Derecho. Nos dijeron que no solo la ley, sino también la doctrina o la jurisprudencia tenían la capacidad de influir en el sistema jurídico, modificando sus reglas o la forma en la que se éstas se aplicaban. El Derecho que conocemos, así también, fue pensado y creado para aplicarse a una realidad concreta. ¿Qué pasa, sin embargo, cuando esta realidad se socava? Hace más de diez años, Lawrence Lessig propuso al código informático como la nueva fuente de derecho. Según él, la enorme cantidad de código aplicado y leído por miles de procesadores en todo el mundo había modificado profundamente nuestro entorno tecnológico y social para siempre. La frontera entre lo regulable y lo no regulable terminaba marcada por lo tecnológicamente posible, así como en el pasado lo fue aquello naturalmente viable.

En el caso concreto de la propiedad intelectual, el principal cambio que introdujo el nuevo entorno tecnológico fue la posibilidad de transformar cualquier obra en un conjunto de bits fácilmente transmisible. La masificación de Internet, un medio de comunicación diseñado para que la información se transmita sin controles previos, terminó por volver obsoletos los modelos de negocio sostenidos sobre la producción y fabricación de copias de obras protegidas por derechos de autor. Los industriales perjudicados, agrupados en torno a sociedades de gestión colectiva y conglomerados empresariales, actualmente lideran distintos lobbys en casi todas las regiones con la finalidad de controlar las realización y distribución de copias no licenciadas de obras protegidas por derechos de autor. Los últimos meses estuvieron llenos de iniciativas legales en distintos países por intentar controlar la descarga no autorizada de contenidos a través de Internet.

Digámoslo rápidamente: la efectiva protección de los derechos de propiedad es un principio básico de cualquier sociedad de mercado. Nadie, salvo algún radical nostálgico, podría proponer y sostener la erradicación absoluta de los derechos de autor. Los creadores tienen todo el derecho de exigir una contraprestación por el uso lucrativo de sus obras. La comercialización al por mayor y menor de copias no licenciadas de películas, música o videojuegos es un delito y debe de seguir siéndolo por mucho que disfrutemos yendo a Polvos Azules. La principal preocupación de quienes critican el sistema actual de derechos de autor es que su diseño sea coherente con su nuevo medio: que reconozca y propicie la creatividad y no atente contra ciertos derechos fundamentales como la privacidad o la libertad de expresión. Este es el centro del debate.

Decimos que el sistema de derechos de autor puede terminar restringiendo la creatividad antes que propiciándola cuando su juego de reglas acaba por entorpecer los procesos creativos, primer motor de cualquier innovación, y restringe el acceso al conocimiento. Aniquila la creatividad porque nuevos formatos de arte audiovisual como la remezcla, el collage o el sampling deben de pagar derechos de autor mientras que Edmundo Paz Soldán puede publicar un libro de cuentos remezclando historias de Shakespeare, García Márquez o Cortázar sin pagar un céntimo (Amores Imperfectos, 1998). Decimos que restringe el acceso al conocimiento porque su sistema de excepciones o usos permitidos –en Perú, una lista cerrada de diez supuestos– no admite que una biblioteca preste películas o discos compactos, que se fotocopie íntegramente un libro que no se comercializa más en el mercado o que el mero hecho de que usted lea este artículo a través de Internet –generando una copia del mismo en la memoria caché de su computador sin mi autorización o la de este medio– sea tan ilegal y reprobable como llevar a tu hijo a comprar un reloj robado. Finalmente, los plazos de vigencia de los derechos de autor (toda la vida del autor más setenta años en Perú) resultan desproporcionados y solo continúan generando réditos para las empresas que retienen los derechos patrimoniales de los autores, en muy contados casos para su herederos, y no incentivan en forma alguna la creatividad.

La efectiva protección de derechos de autor tampoco puede significar la vulneración de derechos fundamentales. Proteger efectivamente los derechos de autor en entornos digitales a través de la inspección de paquetes de datos, el bloqueo de protocolos o la condena a la fabricación de software para intercambio involucra, en mayor o menor medida, una intromisión en el ámbito de privacidad de los individuos, el secreto de las telecomunicaciones, la libertad de expresión y, casi siempre, significan un trato discriminatorio para aquellas actividades de intercambio de contenidos legales. Las plataformas de intercambio de archivos deben de ser vistas como una oportunidad de negocio para los autores y creadores (así lo han entendido iTunes o Spotify) y no como una amenaza. Reglas estrictas y genéricas solo detendrían el desarrollo del mercado, en su etapa más importante.

Lo que sí representa el actual entorno tecnológico, para aquellos dinosaurios que se resisten a creer que el mundo cambió, es el fin de un modelo de negocio basado en la venta de copias físicas. Pero ello, en sentido alguno, implica el fin del mercado contenidos. Casi desde que se inventó la televisión, los empresarios han venido proclamando el fin de las industrias de contenidos. Sin embargo, el año pasado un estudio encargado por el Gobierno Holandés demostró que las personas que bajan contenidos de Internet compran cinco veces más que las que no lo hacen, aumentando el bienestar social.

El Decreto Legislativo 822, la ley peruana sobre el Derecho de Autor, se escribió en 1996. El mundo ha cambiado irremediablemente desde entonces, pero nuestra Ley parece que solo lo ha hecho para peor. En su último cambio, de enero de 2009, volvió ilegal colocar un video de Youtube en cualquier página web sin la autorización y correspondiente pago a los autores, compositores, intérpretes y productores fonográficos de todas las obras contenidas en el video (artículo 47). ¿De qué estamos hablando, entonces? En Perú, además de los problemas apuntados, hablamos de la deficiente labor y coordinación interinstitucional de las Sociedades de Gestión Colectiva, del relativo poder que tiene el INDECOPI para hacer cumplir las decisiones de sus tribunales administrativos y de un escenario social complejo, en el cual estamos acostumbrados a incumplir las normas de derechos de autor porque no las conocemos, porque no las entendemos o porque éstas son tan complicadas que no se dejan entender.

Ilustración de verbeeldingskr8, bajo una licencia Creative Commons BY-NC-SA.

Artículo escrito y publicado originalmente para EnfoqueDerecho.com, blog de actualidad jurídica de la Asociación Civil THEMIS.

Dónde queremos jugar

Publicado por Antonio Rodriguez Lobatón • Febrero 7, 2010 • Archivado en Brecha digital, Gobierno electrónico, Internet, Perú, Sociedad de la InformaciónAún no hay comentarios

Cuando era niño, una de las decisiones más simples que tuve que tomar fue el deporte a practicar. El barrio imponía su ley y sólo cabía jugar al fútbol. Con los almanaques los más hábiles tendrían la oportunidad de jugar en algún equipo de la Primera División y los menos se desparramaban por combinados de Segunda, Copa Perú o ligas distritales. El sueño velado de todo niño que mal patea el balón en un pampón terroso es jugar en alguna de las principales competiciones de Europa. Para decirlo en breve el sueño de todo niño es jugar la Champions.

Entre las naciones las aspiraciones no son muy distintas. Jugar la Champions League de las naciones implica que un Estado es capaz de dotar a la mayoría de sus ciudadanos de un grado importante de bienestar, reducir la pobreza, brindar una buena educación, optimizar los servicios de asistencia sanitaria y dotarlos de eficientes servicios públicos. Como en el fútbol, naciones habrá que jueguen la Champions y otras que se desempeñen en campos con menos pompa y glamour. En el mundo de las TICs ¿Dónde juega Perú?

La Base de Conocimientos sobre la Capacitación de Naciones Unidas para el E-Gobierno (United Nations E-Government Readiness Knowledge Base - UNKB) es una herramienta discriminadora que permite monitorear el progreso del gobierno electrónico de los países.

Hace unos días la UNKB actualizó el Índice Global de E-Gobierno (IGE) correspondiente para año 2010 (el reporte final todavía no está disponible), evaluación que ha pasado totalmente desapercibida en el medio local, incluso en círculos especializados. El IGE -- 2010 nos puede dar la medida de cuál es la categoría donde juega el Perú.

El IGE mide la capacidad y voluntad de los países para utilizar el e-gobierno como una herramienta para su desarrollo. Además de evaluar los sitios web gubernamentales de un país, incorpora mediciones a las características de acceso, como la infraestructura y los niveles educativos, a fin de reflejar cómo se usan las tecnologías de la información para promover el acceso y la inclusión.

Como vemos en el gráfico siguiente, Corea del Sur lidera el último IGE global con un índice de 0.8785 (+5), seguido por los Estados Unidos 0.8510 (+2), Canadá 0.8448 (+4) y el Reino Unido 0.8147 (+6).

El Perú aparece con un IGE global de 0.4923 en el puesto 63 (-8) y sexto en Latinoamérica. Colombia lidera el IGE regional con 0.6125, también es el Estado que más progreso ha realizado en e-gobierno en la Región, aparece en el puesto global 31 (+21). Detrás de Colombia aparece Chile 0.6014, puesto 34 (+6); Uruguay 0.5848, puesto 38 (+12) y Argentina 0.5467, puesto 48 (-9).

Como el IGE se elabora a partir de diversas mediciones podemos ver cuál ha sido el desempeño del Perú en aspectos fundamentales no sólo para el desarrollo del e-gobierno sino para la evolución de todo el sector TIC nacional.

El índice de infraestructura de telecomunicaciones está compuesto por la ponderación de los seis principales indicadores que definen la capacidad de la infraestructura TIC de un país: PCs/1000 personas, usuarios de Internet/1000 personas; población online, líneas telefónicas/1000 personas, telefonía móvil/1000 personas y TV/1000 personas.

El Perú ocupa el puesto 7 del índice de infraestructura en la Región de doce países. Es decir el Perú lidera la tabla, pero de la Segunda División TIC latinoamericana.

Con relación al capital humano, se señala que existe correlación positiva entre un bajo capital humano y el e-gobierno para el desarrollo. Un alto nivel de educación permite que la población tenga un mayor acceso a las TIC y que se adapte rápidamente hacia un aumento de la productividad económica y social. Los datos para el índice de capital humano se basan en el índice de educación del PNUD, compuesto por las tasas de alfabetización de adultos y de matrícula bruta para educación primaria, secundaria y terciaria.

En este aspecto el Perú también lidera la Segunda División Latinoamericana. Aunque en este caso las diferencias entre los países de la región son menores.

Hace unos meses Michael Porter, catedrático de la Escuela de Negocios de Harvard, estuvo en Lima y si bien destacó algunos logros de la economía peruana, también identificó varios problemas. En enero Porter ratificó esta opinión en un artículo publicado en El Comercio (“Cantar victoria es el peor riesgo”, declaró Michael Porter): «…el Gobierno del Perú necesita invertir una mayor proporción de su PBI en infraestructura pública, como también debería alentar al sector privado para que tenga una mayor participación en temas de infraestructura», «… el sistema educativo está quebrado», «…además de las debilidades relacionadas al capital humano, se invierte de manera insuficiente en ciencia y tecnología».

El IGE no hacen sino validar la opinión del catedrático de Harvard. Las cifras, si bien no desentonan dramáticamente en el contexto Latinoamericano colocan al Perú lejos de la Primera División. Poca cosa si queremos vencer el subdesarrollo y tarea pendiente para el gobierno. A continuación el resumen de la estadística para el Perú.

Internet para un buen guiso de lentejas

Publicado por Antonio Rodriguez Lobatón • Enero 31, 2010 • Archivado en Análisis económico, India, Internet, Sociedad de la Información, Telefonía móvil, Telefonía ruralHay 4 comentarios

Cuando apareció Internet se nos prometía un mundo mejor, se adelantaba la muerte de la distancia y se ofrecía la llegada de una nueva economía. Sin embargo, aunque muchas de estas promesas se han materializado, los medios de comunicación tradicionales (de martillo y mortero) y los virtuales (web 2.0) notician el día a día de otra forma. Pareciera que el mundo prometido sólo se circunscribe a la aparición constante de un paquete de herramientas para el disfrute edonista de un grupo de afortunados geeks.

Como ejemplo, basta ver cómo se han sucedido las noticias por el lanzamiento del iPad de Apple, un consumidor de contenidos interactivo que parece ser la apuesta de Jobs contra el Kindle de Amazon. No se ha hablado de otra cosa, incluso la salida en sociedad de este cacharro mereció más atención que el discurso del presidente Obama sobre el Estado de la Unión (Mashable: Steve Jobs vs. Obama: Who Got the Bigger Buzz?). La prensa tradicional y la 2.0 parecían calcadas. Lo cual no deja de tener sentido, si el dinero está en la publicidad no existe razón para comentar cómo Internet es útil en un pueblecito del Congo o si sirve para hacer más eficiente la comercialización de café en el valle del Chanchamayo.

Sin embargo, siempre hay algún asintónico que nos informa cómo las nuevas tecnologías ayudan a mejorar los mercados y a superar el problema de la pobreza. Gracias a The Economist (Worth a hill of soyabeans) sabemos que recientes estudios macroeconómicos sugieren que Internet y la telefonía móvil están impulsando el crecimiento económico y cómo este efecto es mayor en los países en desarrollo.

En un estudio publicado en 2009, Christine Zhen-Wei-Qiang del Banco Mundial  encontró que un incremento de diez puntos porcentuales en la teledensidad móvil genera un mayor crecimiento del PIB per cápita de 0,8 puntos porcentuales en un país en desarrollo. Para el acceso a Internet vía dial up, las cifras fueron de 1,1 y, si el acceso era de banda ancha, 1,4 puntos porcentuales.

The Economist cita también el caso del precio del pescado en la costa de Kerala en la India entre 1997 y 2001. Robert Jensen, de la Universidad de Harvard (The Digital Provide: Information (Technology), Market Performance, and Welfare in the South Indian Fisheries Sector), demostró que la telefonía móvil permitió una mayor eficiencia en las capturas, una reducción de los precios en un 4 por ciento y un aumento de las ganancias de los pescadores en un 8 por ciento.

En otra experiencia, Jenny Aker de la Universidad de Berkeley (Does Digital Divide or Provide? The Impact of Cell Phones on Grain Markets in Niger), analizó los mercados de cereales en Níger. Encontró que luego de la introducción de la telefonía móvil (2001 y 2006) se redujeron las variaciones de precios entre los distintos mercados. Esta estabilidad redujo los costos de transacción, generó menores precios para los consumidores y mayores para los comerciantes.

Finalmente, Aparajita Goyal del Banco Mundial ha realizado un estudio (Information Technology and Rural Market Performance in Central India) sobre la introducción de cabinas de Internet en la región india de Madhya Pradesh. En esta región los agricultores venden la soya a los intermediarios en mercados regulados llamados mandis, un sistema creado para evitar los abusos de los especuladores. ITC Limited, uno de los mayores compradores de soya, introdujo una red de quioscos de Internet, llamados e-Choupal. A fines de 2004 había instalado 1,704 de ellos. En estos quioscos se obtiene información como el precio pagado por la soya en los mandis, información agraria de interés y previsiones meteorológicas. De esta forma los agricultores pueden comprobar si los precios locales se ajustan a los de los demás mandis estabilizandose y se elimina la posibilidad de abuso por parte de los especuladores.

Estas experiencias revelan lo que pueden hacer las nuevas tecnologías para regular los mercados y luchar contra la pobreza.

Alentado por estas experiencias me puse a buscar estudios similares para el caso peruano. Como sabemos, en el Perú existen numerosas iniciativas para ampliar la cobertura de telefonía móvil en zonas rurales y brindar acceso a Internet a comunidades alejadas (Banda Ancha para Localidades Aisladas). Qué encontré. No mucho. Un Informe de la Defensoría del Pueblo (Informe Defensorial Nº 117, El Desafio de la telefonía rural: una mirada desde los ciudadanos), algunas presentaciones y un paper del año 1996 en la web de FITEL (Fondo de Inversión en Telecomunicaciones) sobre el desarrollo de la telefonía rural en el Perú. En Osiptel nada -desde que cambió el diseño de su web es casi nada lo que se puede encontrar en ella- y en la del MTC lo mismo.

Ignoro cuál es la razón por la cual las autoridades, universidades o centros de investigación en el Perú no realizan investigaciones sobre el desempeño de las inversiones públicas. Sería interesante saber cual fue la evolución económica de las localidades que fueron dotadas de infraestructuras con fondos públicos y cómo es que éstas sirvieron para apalancar modelos de negocio locales. Esta información permitiría obtener la rentabilidad social de los proyectos ejecutados y afinar los modelos de inversión, lo cual incentivaría a que las ONGs y empresas privadas se animaran a desarrollar proyectos similares. Pero según entienden algunos su tarea se acaba con la entrega del dinero y la construcción e implementación de la obra.