!Chim Pum¡ Internet

El Callao es el principal puerto del Perú. Situado a unos pocos kilómetros de la ciudad de Lima, hoy forma un sólo núcleo urbano con la capital del país. ¡Chim Pum! Callao… es el extraño grito de guerra de los equipos de fútbol porteños. Su origen es desconocido. Lo vociferaban los hinchas del centenario Atlético Chalaco cuando jugaba en primera división – desde hace más de veinte años está perdido en el campeonato de la liga del Callao- y lo hacen todavía los seguidores de su enconado rival el Sport Boys, y digo todavía porque hoy el Boys se arrastra penosamente por los campos de la primera división peruana hacia el que seguro será su inexorable destino:  la segunda división. Pero este post no es sobre el fútbol en El Callao, sino sobre el nuevo proyecto de sus autoridades regionales.

Recientemente el diario El Comercio nos informaba que el Gobierno Regional del Callao (cuyo presidente regional Alex Kouri lo es también del Atlético Chalaco) proyecta instalar un backbone que permita iluminar toda la jurisdicción. A partir de esta infraestructura se pretende proveer a los vecinos de una conexión inalámbrica gratuita. También existe un proyecto similar encabezado por la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso (distrito que forma parte del Callao).

En principio, parece una propuesta plausible e interesante. Para muchos, como Artemio Baigorri, profesor de Sociología e Internet en la Universidad de Extremadura “(…) el acceso a Internet tendría que ser un derecho fundamental con lo que la infraestructura y las redes por las que circula deberían ser competencia y propiedad del Gobierno. Así se conseguiría el verdadero acceso universal a la Red y se fomentaría su uso” (El País).  Sin embargo, este tipo de propuestas deben tomarse con cuidado, pues en el largo plazo pueden generar más problemas que beneficios.

Iniciativas de esta naturaleza no son novedosas, a inicios de este año en plena campaña por la presidencia de la Junta de Andalucía (una región de España), su sempiterno presidente, Manuel Chávez, prometió que de ser elegido el gobierno se encargaría de habilitar el acceso gratuito a Internet de todos los ciudadanos andaluces. Propuestas similares han sido planteadas en España por los municipios de Atarfe, Málaga, Ponteareas, Tenerife y hasta el Ayuntamiento de Barcelona. La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) atajó estas iniciativas e incluso sancionó a dos de estas administraciones. En un documento del año 2005 la CMT advirtió que las administraciones públicas no debían realizar actividades que constituyan barreras de entrada a los competidores privados ni que provoquen su salida por la imposibilidad de competir en igualdad de condiciones.

Por qué brindar Internet gratuito a los ciudadanos puede ser negativo. Por varias razones. Vamos a detallarlas brevemente. En primer lugar la administración utilizaría fondos públicos para desarrollar actividades que vienen desplegando con éxito los privados, lo cual vulnera en la práctica el principio de subsidiaridad en la acción del Estado consagrada constitucionalmente. Asimismo, no necesariamente la provisión gratuita de estos servicios se hace para cubrir necesidades reales de la población, sino que puede hacerse por intereses políticos. Es evidente que antes que alumbrar al Callao con acceso gratuito a Internet pareciera que es más importante dotar a los colegios de la región de las infraestructuras necesarias que les permita afrontar la enseñanza de las nuevas tecnologías con éxito. Pero, no olvidemos: los escolares no votan, sus padres sí.

La subvención del servicio de acceso a Internet constituye, por otro lado, una obvia barrera de acceso para cualquiera que desee desarrollar la actividad, pues nadie puede competir razonablemente si el gobierno provee el servicio a precio cero. Esta barrera no sólo afecta a los concesionarios formales de servicios públicos de telecomunicaciones, sino también a otro tipo de actividades como las cabinas de Internet. Por otro lado, no siempre resulta ser cierta la premisa que los servicios gratuitos están enfocados a satisfacer las necesidades de los estratos sociales de menores recursos, pues la principal barrera de acceso es el precio de una computadora. Quienes pueden adquirir una computadora –los beneficiarios reales con la medida- son curiosamente quienes también están en capacidad de contratar un acceso a Internet. Finalmente, constituye una seria limitación para el despliegue de nueva infraestructura de telecomunicaciones. Si el acceso a Internet lo provee la Región, debe ser también la llamada a realizar los upgrades, mantenimientos y las mejoras necesarias para modernizar la red de acuerdo con las necesidades del momento. ¿Qué creen que ocurrirá cuando los gobernantes de turno estimen que es más rentable políticamente remodelar el estadio Telmo Carbajo que dar mantenimiento a esta red de acceso a Internet gratuito? 

¿Qué hay detrás del iPhone 3G de Claro?

El iPhone 3G ha empezado a venderse en el Perú desde el pasado 22 de agosto. Desde entonces, muchas personas ya lo han adquirido pese a los -a mi gusto- poco atractivos y costosos planes ofrecidos tanto por Claro como por Movistar. El principal beneficio de un aparato como este es la posibilidad de librarse de una vez por todas de esa dependencia al computador y poder llevarnos el correo electrónico del trabajo, los discos de la Velvet Underground o las fotos del último viaje en el bolsillo del pantalón. En otras palabras, bien aprovechado, este tipo de tecnología nos devuelve la libertad de llevar nuestro mundo a cualquier parte. Sin embargo, una oscura sombra se cierne sobre los flamantes poseedores del iPhone 3G que hayan contratado con Claro y su libertad recobrada.

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Cómo detener el futuro de Internet

Herman Hollerith tenía veinte años cuando trabajó en el censo de los Estados Unidos de 1880. Luego de esta experiencia, desarrolló un mecanismo para procesar los datos de forma automática y no manualmente. Hollerith observó que la mayor parte de las preguntas del censo se podían contestar con un sí o un no. Ideó entonces una tarjeta que, según estuviera perforada o no en determinadas posiciones, contestaba este tipo de preguntas, el resultado se almacenaba utilizando un sistema electromecánico.

Para el censo de 1890, el Gobierno utilizó la máquina de Hollerith, el éxito fue rotundo, hizo en dos años y medio lo que antes se había realizado en siete. Después Hollerith fundó la Tabulating Machine Company (TMC) con la finalidad de explotar comercialmente su invento. La TMC arrendaba sus máquinas a un promedio de mil dólares por año. La compañía pronto realizó labores similares para otros gobiernos e incluyó nuevas prestaciones como procesar nóminas de pago, inventarios y existencias y facturación. La TMC es el antecedente de la actual International Business Machine (IBM) y en el modelo IBM siempre se arrendaron las computadoras por un pago mensual que cubría todo: hardware, software, mantenimiento y entrenamiento. De esta forma ninguna tercera persona, que no fuera la IBM, tenía cabida en el negocio. 

Esta es una de las historias que Jonathan Zittrain emplea en su nuevo libro (The Future of the Internet And How to Stop It) para sensibilizarnos respecto de uno de los peligros que según él se cierne sobre Internet. El futuro de Internet está en riesgo porque su cultura innovadora está amenazada. Qué es lo que hace que Internet tenga tanto valor, para Zittrain es su naturaleza “generativa”, es decir la facilidad que tiene para que personas de todo el mundo usen y compartan el poder de las tecnologías para fines no previstos originalmente. Esta característica ha permitido el desarrollo de aplicaciones del tipo file sharing, VoIP y los nuevos sites de las comunidades sociales como Wikipedia y Facebook. Pero esta generatividad trae también desventajas, la anarquía creativa presenta tantos problemas de seguridad que mucha gente se plantea seriamente migrar hacia aplicaciones que, aunque con una capacidad generativa limitada, supongan una mayor tranquilidad.

El resultado, la creciente popularidad de aplicaciones bajo el modelo de IBM, es decir, se diseñan para hacer una sola cosa de forma eficiente, por ejemplo reproducir música, pero no tienen la capacidad innovadora de una PC. Así tenemos una serie de dispositivos como las videoconsolas de videojuegos, el Internet-phone handset, Xbox, TiVo, iPhone, iPod, smartphone y Kindle. Todos estos equipos pueden conectarse a Internet sin ningún riesgo, el precio que se paga es que sólo pueden ser modificado por el fabricante y, por lo tanto, no permiten la creatividad, un verdadero misil a la base de la cultura de Internet.

Para Zittrain, Wikipedia, la enciclopedia libre en línea que cualquier persona puede corregir, es un modelo a seguir para combatir las consecuencias de la generatividad negativa y de esta forma limitar la migración de los usuarios hacia estos aplicativos. El hecho de que Wikipedia no sea un espacio absolutamente anárquico sugiere que hay maneras de controlar eficientemente estos problemas. Menciona varios mecanismos, tomando como ejemplo Wikipedia, que podrían ser trasladados a las capas técnicas para mejorar la  confiabilidad de Internet.

Pero los planteamientos de Zittrain no son acogidos por todos. Tom Standage escribe en la versión on line del The Sunday Times (The Future of the Internet: And How to Stop It by Jonathan Zittrain) algunas dudas que parecen muy lógicas. Señala, que aunque la noción de generatividad es elegante, Zittrain exagera el hecho que Internet esté en peligro. Ninguno de sus ejemplos convence. El hecho de que las personas utilicen un iPod o un Xbox no significa que dejen de lado a la PC. No existe una disyuntiva entre la PC y estas aplicaciones “atadas”, lo más probable es que se utilicen ambas. Zittrain insiste que la generatividad en el nivel de código es la más importante, pero no está claro que el código esté realmente amenazado. En los comienzos, la mayoría de los entusiastas seguidores de la informática nos vimos en la necesidad de aprender algunas lecciones de programación, posteriormente vinieron otras aplicaciones como los procesadores de texto y el correo electrónico, y las PC se convirtieron en herramientas de consumo de servicios finales y las ventas subieron. ¿Importó que la proporción de usuarios que sabían realmente cómo programar disminuyera? Por supuesto no, nos dice Tom Standage.

El libro, bajo la licencia de Creative Commons se puede bajar del blog de Zittrain (PDF).

La trasparencia en los actos de Osiptel, ¡Media vuelta y avancen!

Es conocido que a través de sus decisiones el Estado no siempre genera una mayor eficiencia o bienestar. Ello se debe en gran medida al problema conocido como del Agente y el Principal. Se le exige al Agente (la burocracia) realizar ciertas acciones en beneficio del Principal (los ciudadanos), sin embargo, suele modelar su conducta en beneficio propio, lejos de las exigencias de los ciudadanos.

Al actuar de acuerdo con sus intereses el Agente impone a los ciudadanos una serie de costos con la consecuente reducción del nivel de bienestar general. Para evitar estos inconvenientes se exige a la Administración que implemente una serie de controles que limiten su posible conducta estratégica, entre estos mecanismos nos encontramos con la obligación de publicitar sus actos.

Cabe recordar que el Estado Peruano suscribió en 1994 la Declaración de Chapultepec que ratificó con Los Principios de Lima en el año 2000. Estos textos apuntan en favor de una apertura de las fuentes de información públicas. Para lograr este objetivo se tomaron una serie de decisiones saludables, entre las que se encuentran: la creación del Portal de Transparencia Económica, el Portal del Estado Peruano, la aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública y su Reglamento, la obligación de publicar los proyectos normativos y los procesos de consulta ciudadana. Sin embargo, algunos sectores de la Administración estarían remando contra este proceso de transparencia.

El año pasado, el Consejo Directivo de Osiptel (regulador peruano de las telecomunicaciones) aprobó su Resolución N° 018-2007-CDOSIPTEL (Disposiciones que Regulan la Transparencia del OSIPTEL y sus Directores, Funcionarios y Servidores), de acuerdo con la cual se obligaba a difundir en Internet una serie de documentos. De esta forma, los ciudadanos podíamos conocer a través de la página web de Osiptel las Actas de las sesiones del Consejo Directivo, las Actas de las sesiones del Tribunal de Solución de Controversias y los proyectos de las Gerencias de línea de OSIPTEL. Sin embargo, esto ya no será posible.

El nuevo Consejo Directivo de Osiptel ha aprobado recientemente la Resolución N° 016-2008-CD/OSIPTEL, de acuerdo con la cual ya no se publicará en su web institucional esta documentación, aún cuando mantiene su carácter de pública. Es decir, ciudadanos y administrados sólo podrán tener acceso a esta información si la solicitan formalmente por escrito, lo que incluye el pago de la tasa correspondiente.

Las razones que habría tenido Osiptel para tomar esta decisión no tienen desperdicio, y nos trae a la memoria aquel dicho castellano que nos dice irónicamente “el ejército español nunca retrocede, simplemente da media vuelta y sigue avanzando”. Según la exposición de motivos de la Resolución N° 016-2008-CD/OSIPTEL: “(…) si bien la transparencia constituye un principio que orienta la gestión de las entidades del Estado, ésta no debe impedir la eficiencia en dicha gestión ni impedir el cumplimiento de las funciones propias de cada una de éstas, ni el cumplimiento de las normas vigentes en materia de excepciones que resguardan el derecho de terceros”. Es decir, la publicidad de la información a través de Internet  – ¿no se dice cuál, ni cómo, ni por qué?– impide la eficiencia de las funciones de Osiptel. Para rematar se señala, “(…) la propuesta se refiere a modificaciones sobre la información que se difunde en el portal de transparencia del Osiptel, y que no afectan (sic) de modo alguno el derecho de libre acceso a la información pública reconocido como derecho fundamental en la Constitución del Perú”. Como se ve, se reconoce abiertamente que la información sigue siendo pública pero se advierte que ésta no se difundirá en la web.

Lo que no se entiende, es cómo la divulgación de información pública a través de Internet afecta el normal desempeño de Osiptel, y no cuando la misma documentación se revela a través de medios físicos. Irónicamente, Osiptel entiende que el mecanismo de divulgación más eficiente (Internet) es más perjudicial que el menos efectivo y más costoso (solicitud administrativa). En la práctica pareciera que lo que se pretende es trasladar integramente los costos de control de los actos de la administración al ciudadano. Un verdadero retroceso aunque se diga lo contrario.

We want the airwaves o la liberalización del espectro radioeléctrico

En la Federal Communications Commissions (FCC), el organismo regulador de las telecomunicaciones en Estados Unidos, están próximos a decidir si es que se liberalizará o no el acceso a las bandas del espectro radioeléctrico no licenciadas aún. Esto ha motivado que un grupo de usuarios y empresas de telecomunicaciones, liderados nada menos que por Google, lancen la campaña Free the airwaves, una iniciativa para llevar la tecnología wireless a todos, en todo el mundo. A través de una petición colectiva en su página web, buscan no solo crear conciencia en las personas de la importancia que tiene esta liberalización para el desarrollo de tecnologías inalámbricas en el futuro (con sus evidentes beneficios a los productores, desarrolladores y consumidores de las mismas), sino hacer manifiesta esta preocupación de la población a la misma FCC.

Considerado como un recurso limitado, el espectro radioeléctrico tradicionalmente ha sido administrado por el Gobierno para asegurar una utilización eficiente del mismo. Sin embargo, con el devenir de los años y la progresiva dinamización del sector, el sistema vigente para asignar el espectro radioeléctrico ha terminado por significar una traba a la innovación. Google sostiene que una significativa porción del espectro (más de tres cuartos de él) no se utiliza a causa de esta situación, lo que obviamente limita las posibilidades de crecimiento de las tecnologías inalámbricas cada vez más. Si tomamos en cuenta las últimas cifras sobre la forma en la que se invierte y se demanda esta tecnología, resulta paradójico que en un mercado con tanto crecimiento se dependa de un sistema ineficiente como el que se utiliza para la asignación del espectro. De acuerdo con Google, una liberalización de los “espacios en blanco” del espectro radioeléctrico lograría:

  • Allanar el camino para el acceso universal de banda ancha inalámbrica.
  • Extender la cobertura de la banda ancha inalámbrica hacia zonas a las que aún no llega.
  • Mejorar la fiabilidad de las comunicaciones de seguridad pública
  • Habilitar el aprendizaje a distancia para los estudiantes en lugares remotos o para quienes resulta poco práctico asistir a un aula tradicional.
  • Llevar acceso de alta velocidad a cada escuela primaria o secundaria del país.

Del otro lado, sus detractores (como fabricantes de equipos de sonido y cadenas de televisión) opinan que esta utilización libre del espectro podría interferir con las señales de televisión o con los micrófonos inalámbricos. Aunque claro, como señala el mismo Free the Airwaves, ni los ingenieros que desarrollan esta tecnología ni la misma FCC permitirían casos de este tipo. Además, si esto es cierto, ¿si se licenciaran a la manera tradicional el resto de espacios en blanco sucedería lo mismo?

Lawrence Lessig, quien se ha adherido a la campaña de Google, nos invita a reflexionar sobre la importancia de iniciativas como esta (a las que compara con las que iniciaron en su momento la masificación de Internet) a través de las cuales se impone la desregulación como la forma más eficiente de permitir el crecimiento de nuevos espacios para la competencia y la innovación tecnológica. Sin esto, señala, cualquier otro esfuerzo hacia la Net Neutrality o el crecimiento de la banda ancha sería tan vano como sostener una escalera sobre la arena.

Como en la canción de Ramones (We want the airwaves, del disco Pleasant Dreams – 1981), en la que se hablaba de tomar por asalto las ondas de radio y televisión con la música. Ahora, más de veinte años después, se trata de tomar el control de los espacios públicos (que son precisamente públicos) y promover su eficiente asignación de forma tal que no estrechen el desarrollo de las tecnologías.

We want the airwaves o la liberalización del espectro radioeléctrico

En la Federal Communications Commissions (FCC), el organismo regulador de las telecomunicaciones en Estados Unidos, están próximos a decidir si es que se liberalizará o no el acceso a las bandas del espectro radioeléctrico no licenciadas aún. Esto ha motivado que un grupo de usuarios y empresas de telecomunicaciones, liderados nada menos que por Google, lancen la campaña Free the airwaves, una iniciativa para llevar la tecnología wireless a todos, en todo el mundo. A través de una petición colectiva en su página web, buscan no solo crear conciencia en las personas de la importancia que tiene esta liberalización para el desarrollo de tecnologías inalámbricas en el futuro (con sus evidentes beneficios a los productores, desarrolladores y consumidores de las mismas), sino hacer manifiesta esta preocupación de la población a la misma FCC.

Considerado como un recurso limitado, el espectro radioeléctrico tradicionalmente ha sido administrado por el Gobierno para asegurar una utilización eficiente del mismo. Sin embargo, con el devenir de los años y la progresiva dinamización del sector, el sistema vigente para asignar el espectro radioeléctrico ha terminado por significar una traba a la innovación. Google sostiene que una significativa porción del espectro (más de tres cuartos de él) no se utiliza a causa de esta situación, lo que obviamente limita las posibilidades de crecimiento de las tecnologías inalámbricas cada vez más. Si tomamos en cuenta las últimas cifras sobre la forma en la que se invierte y se demanda esta tecnología, resulta paradójico que en un mercado con tanto crecimiento se dependa de un sistema ineficiente como el que se utiliza para la asignación del espectro. De acuerdo con Google, una liberalización de los “espacios en blanco” del espectro radioeléctrico lograría:

  • Allanar el camino para el acceso universal de banda ancha inalámbrica.
  • Extender la cobertura de la banda ancha inalámbrica hacia zonas a las que aún no llega.
  • Mejorar la fiabilidad de las comunicaciones de seguridad pública
  • Habilitar el aprendizaje a distancia para los estudiantes en lugares remotos o para quienes resulta poco práctico asistir a un aula tradicional.
  • Llevar acceso de alta velocidad a cada escuela primaria o secundaria del país.

Del otro lado, sus detractores (como fabricantes de equipos de sonido y cadenas de televisión) opinan que esta utilización libre del espectro podría interferir con las señales de televisión o con los micrófonos inalámbricos. Aunque claro, como señala el mismo Free the Airwaves, ni los ingenieros que desarrollan esta tecnología ni la misma FCC permitirían casos de este tipo. Además, si esto es cierto, ¿si se licenciaran a la manera tradicional el resto de espacios en blanco sucedería lo mismo?

Lawrence Lessig, quien se ha adherido a la campaña de Google, nos invita a reflexionar sobre la importancia de iniciativas como esta (a las que compara con las que iniciaron en su momento la masificación de Internet) a través de las cuales se impone la desregulación como la forma más eficiente de permitir el crecimiento de nuevos espacios para la competencia y la innovación tecnológica. Sin esto, señala, cualquier otro esfuerzo hacia la Net Neutrality o el crecimiento de la banda ancha sería tan vano como sostener una escalera sobre la arena.

Como en la canción de Ramones (We want the airwaves, del disco Pleasant Dreams – 1981), en la que se hablaba de tomar por asalto las ondas de radio y televisión con la música. Ahora, más de veinte años después, se trata de tomar el control de los espacios públicos (que son precisamente públicos) y promover su eficiente asignación de forma tal que no estrechen el desarrollo de las tecnologías.

Regulación, convergencia tecnológica y el caso «Ringtones»

Ring in the holidays with free ringtones por crickee.

Recientemente una corte federal canadiense se pronunció respecto de un tema que  comienza a cobrar vigencia en nuestro país. Nos referimos al caso  Canadian Wíreless Telecommunications Association et, al. contra Society of Composers, Authors and Music Publishers of Canada (SOCAN) (el caso Ringtones) en que la demandante, una asociación que protege los intereses de los principales operadores de servicios portadores inalámbricos canadienses, cuestionó el supuesto derecho de la demandada, una sociedad de gestión colectiva que protege los intereses de autores y compositores canadienses, de cobrar por las regalías generadas por la transmisión de música (ringtones) a teléfonos celulares.

El tema de fondo del caso se centra en la interpretación del polémico derecho patrimonial de «comunicación pública» que otorgan las leyes de derechos de autor a los titulares de obras originales (en el caso canadiense el Copyright Act y en el peruano el Decreto Legislativo N° 822, Ley sobre el derecho de autor). En el caso comentado, la corte federal confirmó el pronunciamiento de primera instancia sosteniendo que la transmisión de ringtones musicales por parte de empresas operadoras de telefonía móvil y otros proveedores de contenidos musicales en Internet se encuentra comprendido dentro de la definición de «comunicación pública de obras musicales» según lo establecido por el Copyright Act canadiense. Por su parte la demandante sostuvo que en el presente caso nos encontramos frente a una transmisión de punto a punto entre un proveedor y cada suscriptor de manera independiente y, por lo tanto, no ante una comunicación de tipo «pública».

En primer lugar, los demandantes sostuvieron que el término «comunicación» debía ser interpretado de manera que comprenda únicamente transmisiones en tiempo real de manera que lleguen al receptor de manera simultánea o inmediatamente luego de la transmisión. La corte rechazó el argumento de los demandantes indicando que el referido término implica el paso de información de una persona a otra en sentido amplio con lo cual la transmisión de un ringtone si califica como «comunicación».

Por otro lado, los demandantes argumentaron que los operadores móviles ofrecen a los consumidores una oportunidad de adquirir ringtones de manera individual de acuerdo a su libre elección  con lo cual dicha transacción tiene carácter privado. La corte sostuvo, haciendo un símil con la transmisión de programas televisivos, que la simple puesta a disposición de la obra para que sea potencialmente vista por el público ya le otorga el carácter de «pública», interpretación que se asemeja a la amplia forma en que el derecho patrimonial de comunicación pública se encuentra recogido en nuestro ordenamiento.

El caso Ringtones constituye una mas de las batallas libradas por los usuarios de contenidos digitales frente a los titulares de derechos de autor, en esa tensión constante entre la posibilidades que ofrece la tecnología y el Internet como plataforma de difusión y acceso a contenidos, la necesidad de obtener beneficios económicos y la existencia de un rígido marco normativo en  materia de derechos de autor. Sin embargo la principal reflexión que nos deja este caso, es que en un entorno de convergencia tecnológica donde la generación de contenidos atractivos se muestra como el reto principal para las empresas de tecnología y telecomunicaciones es necesario generar mecanismos de protección de contenidos que resulten sensatos y coherentes con la realidad tecnológica actual, intentando conciliar los intereses tanto de los titulares de derechos de autor como de los consumidores de contenidos como lo son las empresas de telecomunicaciones.


El término ringtone  se refiere a la variedad de efectos de sonido que pueden ser reproducidos por un equipo celular cuando éste recibe llamadas. Un ringtone puede ser desde efecto de sonido, una melodía monofónica de tonos similares, melodías polifónicas compuestas de diversos instrumentos o incluso una canción en formato MP3.

La muerte de la (larga) distancia

Hace unos años Frances Cairncross escribió su famoso libro “La Muerte de la distancia: Cómo la Revolución de las comunicaciones cambiará la vida de la empresa” (The Death of Distance: How the Communications Revolution is Changing Our Lives), en dicho trabajo, la autora puntualiza como es que gracias a la revolución de las telecomunicaciones la distancia ya no condicionará la forma de dirigir los negocios y nuestra vida cotidiana. Desde su publicación son muchas las muertes que se han venido produciendo, veremos a continuación una adicional, tal vez la más anunciada de todas.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) del Perú publicó este 2 de agosto en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de sus normas de transparencia, un proyecto de Resolución Ministerial que plantea implementar desde el mes de enero del año 2009 la denominada Area Virtual Móvil (AVM). Con el AVM se podrá marcar directamente el número de abonado móvil para las llamadas entre teléfonos móviles y teléfonos fijos a móviles ubicados en distintas localidades. De esta forma ya no será necesario discar para las llamadas de larga distancia nacional el prefijo 0 y el código del departamento.

También se señala que corresponderá al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), en el marco de sus competencias, aprobar las condiciones tarifarias, de interconexión o las que fueran necesarias para la implementación y entrada en vigencia del AVM.

Finalmente, el Proyecto dispone, en lo que constituye una prueba de más de la regulación ficción a la que nos tienen acostumbrados nuestras autoridades, que serán las empresa operadoras las que asumirán los costos de adecuación de red para la implementación del AVM con la finalidad de evitar que sean trasladados a los usuarios. Es ficción, porque las llamadas originadas desde un equipo móvil no se encuentran sujetas a regulación tarifaria, en dicha medida, nada impediría que las operadoras móviles trasladen estos costos a los abonados a pesar de la declaración contraria contenida en el proyecto. Libertad de empresa le llaman algunos a esta potestad.

El MTC cree que esta medida facilitará la implementación de la portabilidad numérica en los servicios públicos móviles, incidirá en menores tarifas para los usuarios y promoverá la tendencia del mercado móvil de ir unificando sus tarifas. Lo cierto es que independientemente de estas metas, la medida terminará de moldear el mercado de larga distancia nacional.

En el Perú el servicio de larga distancia se brinda a través de las modalidades de preselección y llamada por llamada (call by call). Sin embargo, este mercado que se reveló como uno de los más dinámicos desde que se abriera la competencia en el año 1999, se ha visto afectado en los últimos tiempos por varios factores. Uno de ellos, es la eliminación de la preselección por defecto dispuesta por el MTC con la aprobación de los “Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios de Telecomunicaciones en el Perú” en febrero del pasado año pasado e implementada posteriormente por Osiptel. La eliminación de la preselección por defecto, más que dinamizar el mercado como se proponía, produjo que una parte importante del tráfico de larga distancia nacional que se originaba en terminales fijos migrara hacia las redes móviles, aprovechando que los operadores móviles venían ofreciendo planes tarifarios con un trato similar para llamadas locales y de larga distancia nacional.

La medida que crea el AVM no hará sino fortalecer la tendencia hacia la sustitución del tráfico fijo por tráfico móvil constituyendo tal vez el tiro de gracia para el negocio de larga distancia nacional desde líneas fijas, de tal suerte que los concesionarios de servicios móviles se cosolidarán como los operadores por defecto de dicho tráfico. Cabría preguntarnos si valió el esfuerzo (gasto de los escasos recursos públicos y el aumento de la conflictividad entre los operadores) que el MTC dispusiera eliminar la preselección por defecto, si ya tenía planificado crear el AVM y extinguir de facto el servicio de la larga distancia nacional desde las redes fijas sólo unos meses después.

Comcast incumplió las políticas de la FCC, pero no será multada

La FCC (Federal Communications Commission) aprobó el pasado 1 de agosto un Memorando de Opinión y Orden para que Comcast dejara su polémica práctica de administrar Internet a través del mecanismo conocido como throttling (ver nuestro post: Compast podría ser sancionada en agosto). La Comisión, sin imponer sanciones monetarias, otorgó un plazo de 30 días para que la operadora divulgara sus métodos de administración del tráfico de Internet.  La orden, aprobada en una votación ajustada de 3 a 2, concluyó que Comcast monitoreó el contenido de las conexiones de Internet de sus abonados y bloqueó selectivamente sus conexiones p2p. «Esencialmente, Comcast abre cada correo y lo abre no para entregarlo sobre la base de la dirección que aparece en el sobre sino por el tipo de letra de sus clientes”; señaló un vocero de la Comisión.

En la práctica, Comcast revisaba cada paquete de tráfico de Internet de sus clientes y los encaminaba según su contenido, no de su destino. La práctica de extrangular las conexiones p2p realizada por Comcast era particularmente extensa, incluso llegó a alcanzar en ciertas áreas las tres cuartas partes de todas las conexiones de p2p.

La orden puede interpretarse como una defensa de las libertades de Internet sancionadas por la FCC en el año 2005 en línea con el criterio de Net Neutrality, que como se sabe prohíbe que los operadores de acceso restrinjan o limiten el tráfico que fluye por Internet.

El presidente de la Comisión, el republicano Kevin Martin y los demócratas Jonatan Adelstein y Michael Copps, se mostraron favorables a la orden; votaron en contra, los comisionados republicanos Robert McDowell y Deborah Taylor Tate. Para el republicano McDowell la decisión politiza Internet: «La mayoría ha empujado a políticos y a burócratas en decisiones de ingeniería (…). Será interesante ver cómo la FCC manejará su recién creado poder porque, como institución, somos incapaces de decidir cualquier acción en los nanosegundos del tiempo de Internet. Además, pedir que nuestro gobierno tome estas decisiones significará que cada dos a cuatro años los principios de base podrían cambiar dependiendo de los resultados electorales.» Asimismo, agregó que la decisión de la Agencia podía dañar en última instancia la capacidad de los usuarios para utilizar la web. «(…) Irónicamente, la acción de hoy puede dar lugar realmente a velocidades en línea más lentas para el 95 por ciento de los consumidores de Internet en América «.

Sena Fitzmaurice, Directora de Comunicaciones Corporativas y Asuntos Gubernamentales de Comcast en un comunicado público señaló que aun cuando se complace de que la Comisión no haya encontrado ninguna conducta que justifique una multa, “(…) nos decepciona la conclusión dividida de la Comisión porque creemos que nuestras elecciones en la gestión de redes fueron razonables, completamente consistentes con las prácticas de la industria y que no bloqueamos el acceso a sitios web o aplicaciones online, incluyendo servicios peer-to-peer”. Se espera que Comcast cuestione la decisión de la FCC ante los tribunales.

Los partidarios de la Net Neutrality han tomado esta decisión como una importante victoria (savetheinternet.com y Art Brodsky), la cual tendrá probablemente más implicancias que las del mero caso Comcast, teniendo en cuenta la influencia de la FCC como espejo de otras regulaciones y la popularidad que están teniendo las prácticas de gestionar el tráfico de Internet mediante técnicas que retan el criterio de la Net Neutrality.

Cablevisión le gana la batalla a Hollywood

 

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito (Nueva York) acaba de fallar en favor de Cablevisión en  la demanda presentada por un grupo de empresas entre las que estaban Time Warner Inc, News Corp, CBS Corp. y Walt Disney Co. contra la empresa de cabledifusión por una supuesta violación de los derechos de autor sobre sus contenidos a través de su servicio Cablevision Remote.

Tras el éxito en el mercado norteamericano de servicios de grabado como TiVO, muchas cableras empezaron a ofertar equipos especiales con discos duros incorporados mediante los cuales sus usuarios puedan grabar programas y películas, de la misma forma en que lo hacíamos con nuestro querido VCR/VHS. Cablevision ofreció, sin embargo, un producto distinto. Su servicio Cablevision Remote no implicaba la adquisición de un nuevo aparato de grabado sino tan solo una nueva caja de cable sin disco duro a través de la cual el usuario podía programar los contenidos que deseaba grabar y éstos eran recopilados por la compañía y almacenados en discos duros remotos. Así, cuando el usuario deseaba volver a ver el programa que había grabado, dicho contenido era rebotado desde los servidores de Cablevisión al equipo terminal del usuario. De esta forma, ofrecía el mismo servicio que la competencia pero con el beneficio de no necesitar un disco duro local (con los costos de adquisición y mantenimiento que ello acarreaba para el consumidor final).

A las empresas de televisión, sin embargo, esto les sonó a gato por liebre e iniciaron una acción judicial en conjunto contra la compañía porque consideraban que, al almacenar remotamente sus contenidos y luego retransmitirlos a los usuarios, Cablevisión estaba haciendo una explotación comercial de sus contenidos por fuera de sus prerrogativas regulares de simple retransmisor directo. Obviamente, por detrás estaba el miedo de las compañías de televisión a que las personas haciendo uso de la tecnología puedan esquivar los comerciales y los horarios programados para ver sus contenidos.

Por suerte, hoy la Corte de Apelaciones ha modificado de la decisión de primera instancia -que encontraba responsable a Cablevisión por la violación de derechos de autor- y ha señalado que no existe responsabilidad directa en la empresa en tanto su servicio es análogo al que puede prestar cualquier otro aparato de grabación de audio/video doméstico. Su utilización, por ende, queda comprendida dentro del uso permitido (fair use) del que puede hacer un televidente cualquiera. La Corte señala que Cablevision, pese a que almacena el contenido y reproduce, al no tener un control directo sobre lo que almacena y repoduce, no es sujeto de responsabilidad directa ya que tan solo provee un servicio de grabación y no enerva los derechos de los demandantes a licenciar a retransmisión de sus contenidos. Es decir, la Corte le recuerda a las empresas que la tecnología está para mejorar la calidad de vida de las personas y no puede verse constreñida por figuras jurídicas inconsistentes con la realidad como la de nuestro avejentado y tan aletargado derecho de autor.

La Decisión completa en inglés se puede leer aquí.