Telefonía fijo-móvil, regulación y competencia

El Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), publicó este 20 de abril sendas resoluciones (Resoluciones NNº 044 y 045-2011-CD/OSIPTEL) que en lo sustantivo modifican el sistema tarifario vigente para las llamadas fijo-móvil (FM) y dan inicio al proceso para regular el nivel de las tarifas que cobrarán las operadoras fijas por dichas llamadas. De acuerdo con OSIPTEL, el objetivo de esta regulación sería el de asegurar unas tarifas razonables para los usuarios.

Es una buena noticia para los usuarios que OSIPTEL se percate (luego de quince años) que las tarifas FM se encuentran en un nivel extremadamente alto y que es necesario introducir algunas modificaciones al régimen. Sin embargo, al hacerlo, OSIPTEL vuelve a demostrarnos que está convencido que la opción regulatoria es siempre mejor que el mercado y la libre competencia. Creemos que es un error.

Los orígenes de la tarifa FM y «El que llama paga»

En 1996 se introdujo en el Perú el sistema “El que llama paga” (EQLLP) (Calling Party Pay – CPP) para las comunicaciones FM en reemplazo del sistema vigente conocido como «El que recibe paga» (Receiver Pays Principle – RPP). De acuerdo con el sistema EQLLP las llamadas FM son cargadas a los usuarios de la red fija que las originan. Asimismo, los operadores móviles fijaban libremente el nivel de estas tarifas. De esta manera, las empresas de telefonía fija facturaban y cobran a sus usuarios las llamadas FM que realizaban y conservaban para sí los cargos (peajes) de originación de llamada, facturación y cobranza y morosidad, luego debían entregar el saldo a las operadoras móviles.

Como ha ocurrido en otras latitudes, la implantación del sistema EQLLP dinamizó el mercado móvil peruano. La cantidad líneas móviles pasó de 75 mil en 1995, a 1,3 millones en el 2000, 5,5 millones en el 2005 y 27,1 millones en junio del 2010.

Dominancia en la terminación

Uno de los principales problemas del sistema diseñado por OSIPTEL fue que entregó la dominancia de la terminación de la llamada FM a los operadores móviles. En la medida que una llamada FM solamente puede terminar en la red del operador del usuario a quien se llama, se señala que se genera un monopolio en la terminación de llamada por parte de la red móvil de destino. Esta dominancia se vio exacerbada en el Perú desde que el operador móvil era quien fija la tarifa para las llamadas FM a un cliente que no era el suyo (lo era del operador fijo) y por lo tanto carecía disciplina competitiva para moderar su nivel tarifario.

Sin embargo, esta dominancia se pagó con creces con una constante expansión de las redes móviles, un incremento exponencial de la planta de abonados y una enorme gama de nuevos servicios para todas las economías familiares.

Razones que aconsejarían regular las tarifas FM

OSIPTEL, en el informe que sustenta las dos resoluciones mencionadas, advierte como única razón para regular el mercado de llamadas FM el actual nivel de concentración de la telefonía fija. Se señala que a junio de 2010, Telefónica contaba con el 74.1 por ciento del total de líneas en servicio y Movistar con el 18,5 por ciento, lo cual hacía que el Grupo Telefónica contara con el 92,6 por ciento de las líneas fijas en servicio. Su competidor más cercano sería el grupo económico formado por Telmex y América Móvil quienes ostentarían el 3,1 por ciento y el 2,8 por ciento de las líneas fijas respectivamente con un agregado del 5,9 por ciento. Dadas estas cifras se deduce que el mercado de telefonía fija de abonado presentaría un nivel de concentración muy alto.

Siguiendo esta lógica, si se permitiera al operador fijo establecer las tarifas para las llamadas FM, sería probable que se mantengan los altos niveles tarifarios que se observan actualmente.

La competencia al ático

Uno de los aspectos más debatibles de la propuesta de OSIPTEL es su visión estática de la competencia, es decir, parte de suponer que un cambio de la titularidad de las llamadas FM no alterará en lo sustancial la actual estructura competitiva del mercado.

Sin embargo, creemos que el cambio de titularidad en las llamadas FM generaría una serie de presiones competitivas que no permitirían a los operadores fijos con mayor participación en el mercado actuar con independencia de sus competidores o usuarios y por lo tanto mantener un elevado nivel de precios en las llamadas FM.

Existe numerosa evidencia que nos señala que existe un importante grado de sustitución entre la telefonía fija y móvil, incluso atendiendo a esta realidad algunos países han liberalizado su mercado de telefonía fija (Liberan mercado telefónico fijo en Chile). Siendo ello así, si los actuales precios para las llamadas FM se mantuvieran, seguiría acentuándose la tendencia de reemplazarlas por llamadas móvil-móvil (MM). Nada nos lleva a concluir que las operadoras fijas van a actuar en contra de sus intereses en beneficio de los operadores móviles.

Asimismo, se olvida que en el mercado peruano existen costos relativamente bajos para competir en el segmento de llamadas FM. Efectivamente, un cambio en la titularidad en las llamadas FM, permite que cualquier operador con una concesión de telefonía fija a través del sistema de interoperabilidad pueda vender llamadas FM. De esta forma, todas las operadoras fijas estarían en la capacidad de ofrecer llamadas FM a los propios abonados de Telefónica o Telefónica Móviles, lo cual generaría con seguridad una gran diversidad de nuevos planes y productos y mantendría las tarifas a un nivel considerablemente menor el que conocemos en la actualidad.

En lo particular, estimamos que la regulación de determinada actividad económica sólo se acoseja cuando no existe posibilidad de introducir competencia. Los intervencionistas, suelen olvidar que la regulación estatal suele tener costos asociados muy elevados como la utilización de fondos públicos que podrían tener un mejor destino, costos de monitoreo, daño al sistema de precios y costos asociados al poder coercitivo del Estado.

En este caso lo que no se logra entender es que se decida regular la llamada FM luego de quince años de no hacerse en un entorno de nula competencia y se decida hacerlo cuando aparecen presiones competitivas que nos aconsejarían actuar en el sentido contrario.

AT&T estrena nueva política para su DSL

Hace unos años, Robert M. McDowell, en ese momento consejero de la Federal Communications Commission (FCC), señaló (Who Should Solve This Internet Crisis?) que Internet estaba en crisis y que en hora pico, sólo el 5 por ciento de los usuarios consumía el 90 por ciento del ancho de banda (¿Está en peligro Internet?). El problema no se ha solucionado. Según datos contenidos en el informe anual de Cisco Visual Networking Index (VNI) 2009-2014, se estima que el tráfico global se incrementerá más de cuatro veces desde el 2009 a 767 exabytes para el año 2014, cantidad equivalente a 10 veces el tráfico de todas las redes de Internet en el 2008. Uno de los mecanismos que vienen implementando algunos operadores de telecomunicaciones para paliar en parte este problema es el establecimiento de tarifas sensibles al tráfico en lugar del modelo de tarifa plana imperante hasta el momento.

Canadá aprueba tarifa sensible al uso

En enero de este año la Comisión Canadiense de Radiodifusión y Telecomunicaciones (Canadian Radio and Telecommunications Commission – CRTC), regulador de las telecomunicaciones de Canadá, aprobó (Decision CRTC 2011-44) una solicitud de Bell Aliant y Bell Canada para implementar una tarifa de banda ancha mayorista (Usage-Based Billing – UBB) para los ISPs independientes. De acuerdo con la solicitud, Bell Canada establecería un límite de 25 GB al mes por abonado, más un recargo de CAN$ 1.90 por GB de exceso para la mayoría del país y CAN$ 2.35 para la región francófona. La medida debió entrar en vigencia inicialmente el 1 de marzo.

La reacción ante la autorización de la CRTC no se hizo esperar. Una petición con más de 200 mil firmas (aquí) y miles de correos electrónicos fueron enviados al Ministro de Industria,  Tony Clement. Las críticas arreciaron en los medios de comunicación en un contexto político particularmente caldeado, tanto que terminó hace unos días con la caída del Primer Ministro  canadiense (aquí). La oposición liberal como el reciente Partido Democrático fueron los primeros en oponerse políticamente a la decisión de la CRTC.

La administración canadiense reaccionó a estas críticas y el 2 de febrero, el Primer Ministro, Stephen Harper, y su Ministro de Industria solicitaron a la CRTC que diera marcha atrás. Al día siguiente, la CRTC anunció que retrasaba la vigencia de su decisión por 60 días.

AT&T tras la huella de Comcast

El último 20 de marzo, AT&T aprobó un cambio en sus Políticas de Uso Aceptable (AUP) de acceso a Internet, estableciendo un modelo de tarifa escalonada y topes de descarga. Los topes de descarga establecidos son de 150 GB al mes para los usuarios DSL y 250 GB al mes para los abonados del servicio U-Verse de fibra hasta el nodo (Fiber-to-the-node – FTTN). Aquellos clientes que excedan estos límites tendrán que abonar un monto de US$ 10 por cada 50GB de consumo adicional. Asimismo, AT&T notificará a los usuarios cuando éstos consuman el 65, 90 y 100 por ciento de su límite mensual e implementará una herramienta de seguimiento de uso mensual. El nuevo sistema estará vigente desde este 2 de mayo.

La empresa justifica (Broadband Usage FAQs) su decisión en un dramático aumento del tráfico de sus redes de banda ancha. Este incremento estaría impulsado básicamente por una pequeña fracción de sus clientes. AT&T afirma que el 2 por ciento de sus usuarios utiliza el 20 por ciento de la capacidad total de la red. Señala que un abonado de alto tráfico puede consumir la capacidad de ancho de banda de 19 hogares típicos. Este patrón de consumo causa congestión en la red, ralentizan la velocidad de Internet e interfiere con el normal acceso de otros usuarios.

A pesar del efecto mediático que ha tenido la medida, AT&T no es la primera empresa de acceso a Internet en los Estados Unidos que toma una decisión de este tipo. En octubre de 2008 Comcast estableció un tope de descarga mensual de 250 GB al mes para sus clientes residenciales. Si un abonado supera este umbral por dos veces en un lapso de seis meses, Comcast puede dar por terminado el contrato. De la misma forma, Charter Communications (el cuarto operador de cable más importante de los Estados Unidos) impone un límite similar dependiendo del paquete contratado, los cuales incluyen topes desde los 100 GB a 500 GB al mes para abonados residenciales. Otros operadores como Verizon todavía no han incorporado esta política, aunque anuncian que la vienen estudiando.

Algunos sostienen que los principales afectados con los modelos de tarifas sensibles al tráfico son los servicios de entrega de contenidos como Spotify o Rdio (Google viene desarrollando un servicio de streaming de música para móviles similar). El problema con estos servicios es que su viabilidad parecería depender de la capacidad de descarga que brindan los proveedores de acceso, y si bien las limitaciones impuestas son generosas para los estándares actuales, señalan que no siempre 100 GB o 200 GB serán una gran cantidad de datos. The Economist da un paso más y pone al centro de la discusión al video por Internet. Sostiene que los servicios que se brindan en Internet como la transmisión de señales en vivo, sistemas de provisión de contenidos soportados en publicidad como Hulu, descargas legales de episodios de series y películas o descargas piratas de archivos a través de redes peer-to-peer, representan una alternativas real frente a la oferta de contenidos a través del cable. La implementación de una tarifa sensible al tráfico permite que los proveedores de acceso a Internet a través de las redes de cable, al mismo tiempo que multiplican la capacidad de transmisión del cobre, separar una parte del ancho de banda para sus propias señales de vídeo como la provisión regular de cientos de canales en formato digital, mientras que por otro lado restringen la capacidad de los servicios similares que se brindan a través de Internet. Al parecer, The Economist ve aquí un problema vinculado con la neutralidad de la red (Otro clavo para el martillo de la neutralidad de la red).

No sólo es un problema de costos

La idoneidad de la implementación de tarifas sensibles al tráfico es un asunto importante, incluso en el Perú la implementación de este tipo de tarifas ameritó la intervención de OSIPTEL, aunque el debate académico local sobre su idoneidad apenas se ha producido.

En Blawyer hemos señalado hace mucho que los sistemas de tarifas sensibles al tráfico por los servicios de banda ancha son racionales y están justificadas (¿Es Internet como una carretera? y ¿Es malo que pague más quien más consume?). En el mundo cotidiano casi no existen precios por productos o servicios que no tengan en cuenta en alguna medida un componente de uso. Se podrá argumentar que en ese mundo existe un costo por cada bien o servicios adicional que se provee, lo que no ocurre en Internet donde el costo marginal por bit transmitido es muy pequeño. Sin embargo, un sistema de tarifa por tráfico también es un mecanismo válido para gestionar los problemas de congestión, lo mismo ocurre con las carreteras que tienen un costo marginal muy pequeño pero se han implementado modelos de peaje para solucionar los atascos que se producen en las horas de mayor tráfico.

Más sobre telefonía rural

Hace unas pocas entradas escribimos sobre el desempeño de la telefonía rural. Primero a raíz de un artículo publicado en The Economist (Internet para un buen guiso de lentejas) y después gracias a algún documento alojado (de forma más bien disimulada) en la página web del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTC) (Desempeño de la telefonía rural en el Perú).

Pues bien, a despecho de que dijéramos que no se estaban elaborando los estudios necesarios, para evaluar el nivel de eficiencia de los fondos públicos destinados para el desarrollo de la telefonía rural en el Perú, hemos encontrado un par de documentos adicionales que nos pueden dar algunas luces sobre el particular.

El primero está relacionado con la ensalada regulatoria que vienen organizando Osiptel y el MTC para que los cargos de interconexión de las redes de los operadores rurales sean asimétricos. Como se sabe los cargos de interconexión son las compensaciones que paga un operador de telefonía a otro por la utilización de parte de su infraestructura.

El 16 de febrero de este año Osiptel publicó la Resolución Nº 007 -2010-CD/OSIPTEL, Proyecto que establece las Reglas para la Determinación de Cargos de Interconexión Diferenciados. Raúl Pérez-Reyes Espejo (ex miembro del Consejo Directivo de Osiptel 2005-2007) ha realizado unos comentarios (10 páginas, aquí) a este Proyecto en el marco del Diálogo Regional sobre Sociedad de la Información.

De acuerdo con Pérez-Reyes los principales programas de telefonía rural (FITEL I al IV) tuvieron como propósito lograr la máxima cobertura geográfica del servicio de telefonía pública. En el diseño de éstos programas se partió de la premisa que el mercado no era capaz de cubrir la demanda de servicios de telefonía en aquellas poblaciones con menos de 3 mil habitantes. Asimismo, se consideró que el despliegue de la telefonía móvil sólo sería urbano.

Sin embargo, gracias al vigoroso despliegue de la telefonía móvil casi el 20 por ciento de los teléfonos públicos rurales carecen de tráfico y la tendencia a que los teléfonos públicos rurales no tengan tráfico saliente es creciente.

En este contexto Perez-Reyes ve claro que la situación actual de los programas FITEL es financieramente insostenible. No obstante cree cuestionable la necesidad de implementar cargos de interconexión diferenciados sin tener la certeza sobre si dicha medida resolverá el problema de sostenibilidad de las redes rurales.

El siguiente documento de junio de 2009, encargado por el MTC a VOXIVA como un aporte del proyecto Comun@s, es un “Diagnóstico de las distorsiones generadas por la regulación para la  prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en áreas rurales de Perú» (70 páginas, aquí).

De acuerdo con este documento hay dos grandes temas relacionados con la problemática de la telefonía rural en el Perú, el primero, el mecanismo utilizado para regular las tarifas del servicio de telefonía rural y el segundo, el mecanismo de asignación de los escasos fondos destinados a desarrollar dicho servicio.

VOXIVA considera que la disminución de la demanda de la telefonía rural de los proyectos FITEL se explica por el agotamiento del modelo de financiamiento.

El crecimiento económico (mayor riqueza) y el desarrollo tecnológico (menores costos) han favorecido la tendencia a que las familias rurales dejen el teléfono rural y utilicen la telefonía móvil. Gracias a este fenómeno se acentúa la caída del tráfico cursado en los cuatro principales proyectos FITEL, lo cual genera problemas de sostenibilidad del modelo importantes.

Se señala que este panorama no va a cambiar por algún aspecto tarifario rural. Por ello es que se debe repensar el diseño de la cobertura de telefonía rural, de forma que se acerque la red a los centros poblados de menor tamaño, y por lo tanto más pobres y con una menor disposición de pago.

No se debe olvidar que el diseño vigente se hizo pensando en la autosostenibilidad pasados los cinco años del financiamiento FITEL. En el caso de las nuevas poblaciones rurales aisladas, será difícil considerar el concepto de sostenibilidad por lo que se tendrá que pensar en un esquema de regulación mediante costo del servicio parcialmente financiado por FITEL y otra parte financiado por los ingresos de los cargos de interconexión.

Es imposible no coincidir con estas opiniones cuando señalan que el modelo FITEL se encuentra agotado. Existen algunas medidas adicionales que pudieran servir a revitalizar el modelo pero que hasta el momento no se han utilizado en la medida esperada. La legislación nacional permite que las empresas con cargo a los fondos del FITEL desarrollen proyectos de telefonía rural, pero las iniciativas que se presentaron no se materializaron por la parsimonia del propio Estado. Otra posibilidad podría ser a través de los fondos de los gobiernos regionales. El tema da para mucho.

¿Es malo que pague más quien más consume?

Free Press lidera una campaña (Stop the Internet Rip-Off of 2009) contra las nuevas estrategias de precios de los proveedores de banda ancha en los Estados Unidos. En particular, cuestiona el anuncio hecho por Time Warner Cable de cobrar por la cantidad de datos descargados en lugar de una suma fija por determinado ancho de banda. Siempre según Free Press, nos encontraríamos ante una forma descarada de restringir el uso de las personas que más usan Internet. Otras compañías telefónicas y gigantes del cable como Comcast y AT&T estarían siguiendo el ejemplo de Time Warner Cable. Se advierte también que estos esquemas de altos precios a los que más consumen reducen la innovación y la fluidez de la web.

La respuesta para detener este supuesto despropósito es el proyecto llamado «Ley de Equidad de la banda ancha» (Broadband Internet Fairness Act) que Free Press hace suya. De acuerdo con los considerandos del proyecto, los planes tarifarios de banda ancha por volumen de uso sólo son razonables si están basados en costos. Los precios por los servicios de banda ancha por encima de costos en un mercado sin un grado suficiente de competencia constituyen una práctica inaceptable. De aprobarse, la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission) estaría facultada para investigar y corregir las prácticas de fijación de precios por consumo de ancho de banda que considere injustas o contrarias a la competencia.

De esta forma se pretende que los proveedores de servicios de banda ancha no ofrezcan planes por volumen de uso, irrazonables, injustificados o discriminatorios. Para evitar este problema, los proveedores con planes por volumen de uso estarían obligados a presentar a la Comisión Federal de Comercio información suficiente que evidencie que sus tarifas no tienen efectos negativos. Es decir, vuelta en u, regresamos a la regulación de tarifas.

Adam Thierer (The (Un)Free Press Calls for Internet Price Controls: “The Broadband Internet Fairness Act”) se burla con ironía de la propuesta de Free Press y de la Broadband Internet Fairness Act:  «Oh, Dios mío, no … quiere decir que algunas personas podrían pagar por los costos que imponen? ¿Qué sigue? ¿Vamos a obligar a la gente a pagar por su propia energía, gasolina, electricidad o agua? ¡Piense en el horror!»

No le falta razón. Existen varios aspectos contradictorios en la propuesta. El principal desde nuestro punto de vista, es que no logra explicar suficientemente la razón que justifica regular sólo los precios por volumen de uso y no los demás tipos de tarifas.

Si los precios muy por encima de los costos en mercados con competencia insuficiente son inaceptables, por qué no se regulan también los esquemas de cargo fijo, pues podrían adolecer de los mismos problemas. Regular sólo un sistema tarifario mientras se mantienen incuestionables los demás, pareciera que constituye un mecanismo artificial para evitar que las empresas ofrezcan los sistemas no regulados.

Thierer encuentra más inconvenientes a las alegaciones de Free Press. Como en cualquier sistema de medición y tarificación, el volumen por cantidad de descarga no es más que un esfuerzo para poner precio a un recurso escaso y de esta forma maximizar su uso. Los operadores de banda ancha no se sientan regularmente alrededor de una mesa para intrigar respecto de cuál es la forma más rápida de reducir el uso de la red. Si actuaran de esta forma sus operaciones serían ruinosas, por el contrario, tienen que encontrar modelos de negocio novedosos que permitan cubrir sus costos y fomenten la inversión capaz de satisfacer la nueva demanda y sus desafíos competitivos.

Este tipo de sistemas tarifarios -por unidad consumida y por volumen- son comunes en muchas actividades económicas. En el caso de los restaurantes del tipo todo incluido (all inclusive) se cobra un precio de suma fija, a cambio, los comensales pueden despacharse sobre todos los platillos que sean capaces de comer. Este escenario no es el apropiado para aquellos clientes con una menor capacidad abdominal, pues es claro que el precio se determina en función del promedio de alimentos consumido y es conocido que este tipo de establecimientos son los predilectos de los más glotones. Por otro lado tenemos a los restaurantes con precios a la carta, donde cada platillo tiene un valor determinado y la suma de todos los alimentos elegidos determina el nivel de la cuenta.

Ambos criterios son aceptables, no existe ninguna razón para que se regulen los restaurantes con precios a la carta mientras se dejan de lado a aquellos que cobran un precio del tipo todo incluido, salvo que se quiera castigar a los clientes a dieta y alentar a los comilones.

Liberan mercado telefónico fijo en Chile

Este último 30 de enero el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de Chile libró un informe (emitido en ejercicio de la facultad conferida al Tribunal en el artículo 29° de la ley 18168 de 1982) en el que evalua la conveniencia liberalizar el mercado de telefonía fija.

De acuerdo con este documento, el TDLC cosidera que la regulación tarifaria existente ha quedado atrasada ante el fenómeno de la “Convergencia Tecnológica”, en la medida que en la actualidad existen diversas tecnologías que pueden prestar servicios cada vez con mayor similaridad. Las necesidades de comunicación telefónica están siendo satisfechas, en gran proporción, por la telefonía móvil, al verificarse que el tráfico que genera crece consistentemente mientras que ocurre lo contrario con el originado por la telefonía local que ha disminuido claramente en los últimos años.

Para el TDLC la consolidación de la telefonía móvil disciplina el poder de mercado de la principal proveedora de telefonía fija y, por lo tanto, resulta adecuado optar por un régimen de libertad tarifaria. Sin embargo, aclara, que la mayor presión competitiva se observa sólo respecto de los servicios de telefonía fija provistos a clientes finales, y por lo tanto se deberá mantener un cierto grado de regulación por vías distintas a los precios. En tal sentido, realiza las siguientes recomendaciones:

Subtel (regulador chileno de las telecomunicaciones) debe evitar el establecimiento de áreas tarifarias demasiado pequeñas u homogéneas en términos de competencia, de forma tal que los menores precios en zonas competitivas se trasladen a aquellas donde la intensidad competetiva es menor.

– Adoptar medidas que impidan la oferta de paquetes que incluyan telefonía fija y móvil.

– Mantener una particular vigilancia de los contratos y acuerdos que suscriban empresas relacionadas.

– Adoptar medidas para que los clientes puedan efectuar una comparación efectiva y directa de las tarifas existentes.

– Subtel debe asegurar que se produzca una efectiva oferta de facilidades de reventa por parte de las empresas de telefonía fija con redes instaladas, mediante el establecimiento de la obligación de contar con ofertas mínimas que contengan todos los elementos necesarios para su contratación por terceros, y mantener información de libre acceso público y actualizada de la disponibilidad de facilidades de redes susceptibles de ser desagregadas.

– Eliminar la diferenciación tarifaria de las llamadas entre teléfonos de una misma empresa (on-net) y hacia teléfonos de otras empresas (off-net)

– Implementar la portabilidad cuando fuera técnica y económicamente factible.

Las telecomunicaciones se enmarcan en un proceso constante de convergencia de tecnologías, plataformas, redes y capital, lo cual ha modificado severamente el ecosistema en el que nos encontrabamos a finales del siglo pasado. En este contexto, si bien algunos reguladores han intentado seguir el paso de la industria, en la mayoría de los casos les ha sido imposible, siguen aplicando un régimen diseñado para un momento en el cual existían una serie de condiciones que se ha extinguido y en este empeño, las autoridades regulatorias pueden estar entorpeciendo seriamente la inversión y el desarrollo del sector.

Para poner un ejemplo, la regulación de la telefonía fija actual se estructuró esencialmente en un momento en el cual en el Perú existían poco más de 600 mil líneas de abonado (hoy se han multiplicado por 5), la telefonía móvil apenas era disfrutada por un puñado de miles de abonados (hoy tenemos más de 20 millones) y el Internet era poco más que un juguete en manos de los ingenieros de la Red Científica Peruana. Sin embargo, el marco regulatorio que hoy nos rige es básicamete el que fuera diseñado en 1994.

Mantener la ruta maestra que los técnicos nos dictaran hace veinte años, para ordenar las telecomunicaciones de la Web 2.0 y el iPhone es como intentar entender un Koenigsegg CCR con el manual mecánico de un Ford Modelo T.

Unión Europea regula SMS

El día 27 del mes pasado la Unión Europea (UE) aprobó una reducción de las tarifas para el roaming de los mensajes móviles (Short Message Service – SMS) y la descarga de datos desde otro país (CMT, La Vanguardia y Finanzas).

Los ministros de Telecomunicaciones respaldaron la propuesta de la Comisión Europea de rebajar los precios del roaming de los SMS enviados desde el extranjero de una media de 0,29 euros a un tope de 0,11 euros para la tarifa minorista; y, por descarga de datos, 1 euro por megabyte. Asimismo, aprobaron que las llamadas realizadas y recibidas en otro país se facturarán por segundo, a partir del medio minuto de recibidas.

España y la República Checa se mostraron contrarios a la propuesta. Francisco Ros, secretario de Estado español de Telecomunicaciones, consideró que los países no son homogéneos ni en orografía ni en densidad, por lo que los costos de sus redes son distintos y no se puede imponer el mismo límite de precios en todos los casos.

De acuerdo con los analistas, la Eurocámara se pronunciará a favor del texto aprobado en primera lectura en el 2009, de tal forma que la nueva legislación (tendrá una duración de tres años) entraría en vigor el 1 de julio de 2009.

¿Es siempre una rebaja de tarifas motivo de alegría? Depende. Si pensamos como consumidores, no cabe duda que pagar menos es una noticia recibida con agrado, y más aún si tenemos en cuenta el periodo recesivo por el que atraviesan algunas de las economías más importantes de Europa. Sin embargo, cuando las rebajas son utilizadas para beneficiar artificialmente a algunos operadores (tratándose de tarifas mayoristas) o para satisfacer gritos populistas (en el caso de las tarifas minoristas), el resultado no suele ser alentador pues genera como consecuencia una desaceleración en las inversiones.

Recordamos algunas de las críticas que realizara Enter (Nota Enter No 52) en abril del 2007 con ocasión de la aprobación por la Unión Europea de las tarifas de roaming para las comunicaciones de voz. De acuerdo con Enter, cada país tiene un régimen propio para la concesión de licencias y uso del espacio radioeléctrico. De igual forma, las tasas por el uso de estas licencias son diferentes. Tampoco son iguales las reglas de funcionamiento y la regulación. Las diferencias entre aquellos países receptores (España, Italia, Francia) de grandes contingentes de itinerantes, con la necesidad de provisionar recursos de red adicionales para atender a esta demanda estacional, son aspectos que no han sido considerados.

En principio, las operadoras tienen libertad para negociar acuerdos de acceso sobre sus redes. La interoperabilidad entre las distintas redes tiene costos estructurales y los ingresos por roaming deben repartirse entre tantos operadores como redes hayan cursado la comunicación. El precio final al cliente incluye tanto una retribución -libre- por el uso de la red propia y lo que se haya pactado, de igual, forma con el operador extranjero por el uso de su red.

La cuestión, radica en determinar hasta qué punto los márgenes resultantes excedían a lo que pudiera considerarse razonable y cómo es que las autoridades de Bruselas se muestran más competentes para determinar la tarifa de roaming que las propias fuerzas del mercado.