Larga vida al copyrigth

El pasado 23 de abril, la Eurocámara acordó ampliar la protección de los derechos asociados a las interpretaciones y grabaciones musicales hasta 70 años, frente a los 50 vigentes. Tanto la Comisión Europea como la Comisión de Asuntos Jurídicos habían propuesto inicialmente extender el plazo hasta 95 años. Esta modificación no afecta los derechos de los compositores, los cuales están garantizados por el derecho comunitario hasta 70 años después de su muerte.

Para el comisario Charlie McCreevy la iniciativa intenta proteger a los músicos de los años 50 y 60 del pasado siglo – cuando se popularizó el rock- lo cuales habrían visto disminuir considerablemente sus ingresos al final de su vida. Según un informe  (Performers’ Rights in European Legislation: Situation and Elements for Improvement) de la  Association of European Performers’ Organisations (Asociación de Organizaciones de Intérpretes Europeos -AEPO-ARTIS) de  julio de 2007, entre un 77% y un 90% de los ingresos distribuidos a los intérpretes en la Unión Europea (UE) se destinan al 20% de los artistas más destacados.

Para garantizar que los artistas se beneficiarán de esta extensión, se permitirá que éstos renegocien sus contratos adoptados antes de la entrada en vigor de esta norma, hasta 50 años después de la publicación de la grabación.

De un tiempo a esta parte, básicamente desde la sanción de la Ley Bono (Copyright Term Extension Act – CTEA) en los Estados Unidos, se viene discutiendo regularmente respecto de la necesidad de ampliar los plazos de vigencia de los derechos de autor. Recordemos que a fines del año pasado el Ministro de Cultura del Reino Unido Andy Burnham anunció, que el gobierno británico estaría a favor de otorgar a intérpretes y ejecutantes una protección por espacio de 70 años (50 años no es nada).

Como se sabe, los derechos de autor constituyen un mecanismo a través del cual el Estado establece un monopolio legal en favor de distintos participantes de las industrias culturales. A través e este monopolio legal los gobiernos pretenden garantizar los incentivos necesarios para la producción cultural. Adicionalmente, se busca que los artistas y compositores puedan obtener una justa recompensa por su contribución al enriquecimiento cultural de la sociedad. Se presume que en ausencia de estos derechos, y dada la facilidad con que las obras culturales se pueden reproducir, los creadores podrían obtener una reducida retribución por sus creaciones y se perderían los incentivos para la creación. 

Sin embargo, aunque la bases que sustentan la imposición de unos derechos de explotación exclusivos parecen creíbles los argumentos que vienen sosteniendo los propulsores de esta medida no lo son tanto, y por el contrario parecería que únicamente se estaría beneficiando a la industria musical. 

Analicemos brevemente los argumentos de McCreevy. Los ancianos interpretes están desprotegidos, en su mayoría casi no reciben recursos y para evitar su desamparo es necesario extender las leyes del copyright. No parece que nos encontremos ante un argumento creíble. 

De acuerdo con el Center for Intellectual Property Policy & Management de la Universidad de Bournemouth, gracias a esta medida la gran mayoría de los intérpretes podría recibir entre 4 y 58 euros al año. No hemos podido revisar un informe similar que sustente la posición de McCreevy. Si nos atenemos a las cifras no cabe duda que el argumento que sustenta la ampliación del plazo es ridículo. En todas las profesiones (albañil, gasfitero, policía, administrador de empresas, entrenador de fútbol) los más longevos ven como paulatinamente van perdiendo habilidades y a partir de determinada edad, también sus ingresos disminuyen, pues ya no trabajan. Para ello se ha creado un sistema de seguridad social que soluciona en gran medida el problema.

No parece razonable que la Europa del estado del bienestar sea incapaz de dotar a sus artistas más ancianos de una pensión de 60 euros al año. De acuerdo con esta idea están los diarios británicos Telegraph (The evidence is against a copyright extension on music, but the EU will force-feed it to us anyway) y el Financial Times (Do not enclose the cultural commons). 

Es evidente que la explicación debemos buscarla en otro lado. Presumiblemente la encontremos indagando a quién benficia. Evidentemente a la industria musical, la cual retendrá por veinte años más los derechos de muchas interpretaciones de gran valor comercial.

Lo penoso del caso es que los legisladores europeos olvidan que los costos del monopolio son mayores cuanto mayor es el tiempo de la exclusividad, es decir llegados a cierto punto, el beneficio es menor que el costo social. Si el beneficio es sólo de 60 euros por interprete parece que la falta de idoneidad de la medida es evidente.

Moda y propiedad

Una de las actividades económicas más dinámicas y complejas, qué duda cabe, es la de la moda, sobre la cual ya dedicamos algunas líneas (Prêt-à-porter y la paradoja de la piratería) hace algún tiempo. A propósito de un reciente post de Andy Ramos (La Protección de los Diseños de Moda) se me ocurrió volver sobre el tema. En particular me interesan dos cosas. Cómo las nuevas tecnologías han impactado en la estructura de la industria y si los recientes reclamos para intensificar los derechos de propiedad sobre los diseños de moda son plausibles.

Sobre el primer punto, es fácil deducir cuáles son los cambios más importantes que traen las nuevas tecnologías en esta industria. Como sucede en la mayoría de las actividades económicas, la información fluye con facilidad, hoy se sabe todo prácticamente en tiempo real, no existe ningún misterio. Existen blogs (El diablo viste de Zara o, Fashionisima,  El blog de moda) y páginas web especializadas donde se muestran fotos y comentan las últimas tendencias y su impacto en la gente común y silvestre. Esta mayor información permite que algunas empresas, como la española Zara de ropa al por menor, implementen sistemas de información -protegidos mediante patentes- que reducen en un mes el ciclo de producción. Zara recibe diariamente información de sus tiendas, a partir de la cual sus diseñadores pueden prepara sus nuevos diseños.

Sin embargo, las nuevas tecnologías al tiempo que permiten que las casas de alta costura y de  Prêt-à-porter puedan identificar rápidamente las tendencias, logran que sus diseños estén rápidamente al alcance de competidores e imitadores. Se afirma comúnmente, que empresas como la propia Zara o Mango se inspiran en las colecciones de los grandes diseñadores con demasiada regularidad. Esta estrategia permite poner al alcance de las clases medias prendas similares a las que se ven en los desfiles de cualquier gran diseñador.

Siendo que la exclusividad en los diseños es un activo importante, podría pensarse que la copia reduce su valor. En tal sentido, muchos diseñadores vienen reclamando una mayor protección para sus creaciones. La pregunta que cabría hacerse es si este reclamo tiene sentido.

En la Unión Europea, la moda se protege a través del Diseño Comunitario registrado y Diseño Comunitario no registrado. El registro otorga una protección por espacio de cinco años, renovable por plazos adicionales de cinco años hasta un máximo de veinticinco. El Diseño Comunitario no registrado consistente en una protección por un período de tres años sobre los diseños a partir de su primera divulgación. A diferencia de los derechos de propiedad intelectual tradicionales, este sistema no concede a los diseñadores un monopolio, sino constituye exclusivamente un derecho contra la copia.

Sin embargo, pareciera que el sistema de registro no se ha generalizado. Por ejemplo, en el año 2007, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) tramitó sólo 29 solicitudes de registro internacional de diseños en la clase 2 de la Clasificación de Locarno mediante el Sistema de La Haya, mientras que la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de la Unión Europea atendió 7.421 solicitudes. La mayor parte de los registros correspondían a accesorios como relojes, carteras o lentes y no a prendas de ropa (Legislación relativa a los diseños en el sector europeo de la moda).

Uno de los factores que podría incidir en la escasa importancia que se le da al registro de los diseños de moda es su vocación efímera. Las casas de moda no encuentran eficaz proceder al registro de sus creaciones puesto que sólo van a estar unos meses en el mercado. Resulta curioso entonces que se exija una legislación más restrictiva cuando la protección existente es apenas utilizada.

Muchas son las razones que hacen que cuestionemos este sistema de protección. En primer lugar la principal restricción de la industria de la moda es que tiene como limitante el tener que ajustarse a la ergonomía del cuerpo humano, lo cual genera modelos de ropa necesariamente estandarizados. El hecho que la imitación limite la creatividad no parece un argumento plausible, la industria de la moda es la más imitada y copiada y su creatividad no parece haber mermado. Por otro lado, es difícil dilucidar en esta industria qué es novedoso y qué imitación, en la medida que los diseños se suelen sostener en gran medida en tendencias o diseños ya existentes.

Lluvia de millones

Hace unos pocos meses nuestro mundo era feliz. La casi bancarrota de Fannie Mae y Freddie Mac y su posterior rescate por el gobierno americano, nos trajeron de un porrazo a una realidad penosa, difícil de asimilar y a mil por hora. Nada de anestesia o glide path, mazazo al mentón y a dormir o mejor dicho a despertar. Sobre el particular leí hace poco una frase de Tim Wu (Keynes 72 years ago) que me pareció fenomenal «… cuando el desarrollo del capital de un país se convierte en un subproducto de las actividades de un casino, es probable que el trabajo se haga mal«. 

En este mundo feliz -es decir, antes que descubriéramos que las finanzas mundiales se había convertido en una monumental timba- las empresas de telecomunicaciones y los Estados venían anunciando enormes inversiones para solventar los despliegues de las nuevas redes de banda ancha. Era de esperar que el tremendo desaguisado posterior, hiciera que estas inversiones se paralizaran o por lo menos se ralentizaran.

Pero si los gobiernos son liberales (neo liberales les dicen ahora) cuando las cosas van bien económicamente, fustigando las barreras creadas por el intervencionismo estatal se vuelven proteccionistas cuando aparecen fallos en el sistema. De Smith a Keynes y de Keynes a Smith. En esta danza muchos de los que antes exigían libertad son los que ahora piden intervención.

Este escenario aconsejaría ralentizar las inversiones en banda ancha. Pero no, por el contrario, en muchos lares del mundo desarrollado, se vienen anunciando millones de euros y dólares para financiar los nuevos proyectos de fibra.

En Europa Comunidad Europea aprobó, en noviembre del año pasado, un plan de medidas para enfrentar la crisis internacional (COM(2008) 800 final). Entre las medidas a impulsar por parte del ejecutivo europeo encontramos la necesidad de desplegar conexiones a Internet de alta velocidad, como una manera de promover la rápida difusión tecnológica que permita crear una demanda de productos y servicios innovadores. La estrategia contaría con el apoyo de fondos públicos para alcanzar la meta de 100% de cobertura de Internet de alta velocidad para el año 2010. Para lograrlo se dispondrá de un canal de € 1 mil millones. Poco dinero para tanta ambición, si notamos que sólo las holandesas KPN Reggefiber planean invertir entre € 6 y 7  mil millones para los próximos años.

En los Estados Unidos, con la tenaz resistencia de los republicanos en el Congreso, el Presidente Obama aprobó el pasado 17 de febrero en Denver la Ley para la Recuperación de América y la Reinversión (American Recovery and Reinvestment Act of 2009) conocida como «Stimulus Bill», que confía será suficiente para empezar a superar la crisis. El costo del plan es de 787.000 millones de dólares parte del cual será destinado a inversiones en infraestructuras, ayudas sociales y transferencias a los Estados. 

En lo que nos compete, el plan de Obama destinará un total de $7.85 mil millones (Arrancan los planes públicos para la banda ancha) para el desarrollo de las telecomunicaciones de la siguiente forma: $7.2 mil millones para el despliegue de una red de banda ancha y acceso a Internet inalábrico y $650 millones para la conversión a la Televisión Digital Terrestre (DTV). El proyecto intenta promover la implantación de la banda ancha en zonas sin servicio y ampliar su disponibilidad en zonas de baja penetración urbana. Cualquier entidad es elegible para solicitar una subvención (municipios, asociaciones público-privadas y empresas privadas), siempre que cumplan con la «neutralidad de la red» es decir, estas redes deben estar libres de restricciones con relación a los contenidos, sitios o plataformas, a los equipos que puedan conectarse y los modos de comunicación permitidos.

Como vemos a pesar de la verdadera lluvia de millones que las distintas administraciones están presupuestando para intentar revertir el ciclo económico adverso, el dinero que está destinado a desarrollar las redes de banda ancha no es que caiga a chorros. Cuando todas las industrias piden su plan de rescate –industria del porno incluida– parece que los fondos públicos destinados al desarrollo de la banda ancha no se condicen con las ambiciones expuestas.

La CMT aprueba las nuevas regulaciones de banda ancha

Luego de un largo camino la Comisión Nacional de las Telecomunicaciones (CMT), regulador de las telecomunicaciones en España, ha aprobado (Fumata blanca a la fibra), finalmente, las nuevas regulaciones para los mercados de banda ancha a través de accesos de alta velocidad o banda ultra-ancha. Se idetifican estos servicios con el uso de las tecnologías DOCSIS 3 (Data Over Cable Service Interface Specification) tratándose de las redes de cable y con soluciones basadas en fibra óptica, ya sea hasta el hogar del usuario (Fiber To The Home, FTTH) o hasta el nodo (Fiber To The Node, FTTN).

Los continuos requerimientos de ancho de banda plantean la necesidad de desarrollar nuevas infraestructuras. Otro aspecto a su favor es que estas redes de fibra óptica, tienen un menor costo de mantenimiento -lo cual no es nada desdeñable en la situacón actual- y permiten la simplificación de la estructura de la red con la disminución de un número importante de centrales telefónicas.

Sin embargo, dados los altos costos que se tienen que afrontar los operadores para el despliegue de estas infraestructuras, los Estados se plantean cuál es la mejor alternativa para financiar estas inversiones. Hemos visto como en los Estados Unidos algunos gobiernos locales están creando empresas para tender y operar la nueva fibra (Monticello, de la escasez a la abundancia y El Estado está de regreso), en otras latitudes estos desplieges se hechará mano de fondos públicos y en otros casos se pretende que las inversiones sean asumidas por los operadore, para lo cual se vienen dictando determinadas medidas regulatorias que premien a aquellos que apuesten por su despliegue. Todo esto, no lo olvidemos, en medio una crisis financiera espantosa.

La historia comenzó con la consulta pública que realizará la CMT sobre las redes de acceso de nueva generación. Una vez recibidos los aportes de los interesados se redactaron hace un año, más o menos, los principios y líneas maestras de la futura regulación. Posteriormente, se publicó un borrador con estas regulaciones, las cuales generaron la intervención incluso de las autoridades de Bruselas. Superados estos inconvenientes se han terminado aprobando estas regulaciones.

De acuerdo con la nota de prensa que publica la CMT, -las Resoluciones no han sido todavía colgadas en la web-, se ha impuesto a Telefónica la obligación de proporcionar un servicio mayorista de acceso indirecto de banda ancha de hasta 30 megas en todo el territorio, independientemente de la infraestructura que soporte el servicio, a unos precios orientados a los costos.

Sin embargo, considera que imponer estas obligaciones de acceso indirecto por encima de los 30 megas podría desincentivar la inversión en infraestructuras, tanto de Telefónica como de los operadores entrantes que en España llaman alternativos. Para fomentar la competencia en nuevas infraestructuras, la CMT mantiene la obligación para Telefónica de proporcionar el acceso a sus infraestructuras pasivas a precios orientados a los costos de producción.

De acuerdo con bandaancha.eu (Nueva regulación de la banda ancha, un hito histórico en las telecomunicaciones españolas) los puntos claves de estas regulaciones son los siguientes:

-Telefónica no tiene la obligación de revender sus ofertas de más de 30 megas.

-Deberá alquilar su infraestructura para que otros tiendan su fibra.

-En las modalidades revendidas, los entrantes podrán escoger combinaciones de velocidad descendente y ascendente.

-Telefónica deberá comunicar a la CMT de cualquier cambio en su red con 6 meses de antelación.

-Si Telefónica pretende cerrar una central, deberá mantenerla abierta durante 5 años si hay operadores incumbentes o un año si solo está ella.

Reguladores y cambio tecnológico

Hace unas semanas los países de la Unión Europea (UE) llegaron a un acuerdo para reformar su sector de las telecomunicaciones. Este paquete busca armonizar las prácticas regulatorias de los Estados miembros y fomentar la competencia.

Sobre este tema ya escribimos recientemente un post (Unión Europea regula SMS), en particular con relación a la nueva regulación del roaming en el mercado del servicio de mensajes móviles (Short Message Service – SMS). Pero la reforma es mucho más profunda y ya habrá tiempo para escribir sobre ella. 

Con ocasión de la aprobación de dicha dicha reforma – anunciada el 27 de noviembre del mes pasado-, Dean Bubley de Disruptive Wireless ha realizado algunas notas (EU intervention in mobile – a double-edged sword) que me parecen de lo más oportunas y que no se aplican solamente a la reforma que impulsa la comisaria Viviane Reding, sino también a las iniciativas y tentaciones que suelen tener la mayoría de los organismos reguladores. Nos encontramos también ante una crítica razonable al propio Estado, que entiende muchas veces que la inventiva y el desarrollo se pueden implementar de espaldas al mercado, cuando lo cierto es que las más de las veces los esfuerzos privados progresan a pesar del propio Estado.

Para Bubley, muchas de las decisiones gubernamentales sobre cuál es la tecnología más conveniente o los intentos por armonizar las legislaciones de la UE se sustentan en posiciones pasadas de moda. El llamado «paquete de telecomunicaciones» incluye muchas demandas onerosas, y, autoritarias. Pero, afortunadamente, el Consejo de Ministros de Telecomunicaciones de la UE ha descartado algunos de los más ridículos aspectos de la propuesta, incluyendo la sugerencia de crear un regulador centralizado europeo y la política de espectro.

En particular, debe tenerse en cuenta que nos encontramos en el cambio de un modelo verticalmente integrado y centrado en la industria de las telecomunicaciones vocales a un modelo de capas, datos/Internet, íntimamente ligado con las tecnologías de la información y la industria del entretenimiento. De esta forma los intentos para imponer requisitos legales en las capas tecnológicas puede introducir sobrecostos, retrasos y fallas de mercado. Como ejemplo, señala la intervención en el mercado de televisión móvil, donde la insistencia en el formato DVB-H contradice la política de «neutralidad tecnológica».

Los últimos esfuerzos de la Comisión para entrometerse en el mercado se sitúan en torno a la armonización de la política del espectro radioeléctrico. Si bien es un objetivo que podría ayudar a crear economías de escala a los proveedores, desconoce que cada mercado europeo es muy diferente, dadas las distintas preferencias tecnológicas, la psicología del cliente y las políticas de Estado. La creación de una autoridad centralizada con sede en Bruselas que pueda vetar algunas regulaciones nacionales, es un anatema para la mayoría de los observadores.

Para Bubley algunas de las ideas en torno a la «net neutrality» parecen bastante cuestionables, teniendo en cuenta el surgimiento de innovadores modelos de negocio en los mercados más competitivos. No hay nada de malo en la no neutralalidad si los modelos permiten cambiar de proveedor. Por tanto, la legislación sobre apertura y transparencia de la no-neutralidad sería bienvenida, lo que es una distinción muy importante -estamos de acuerdo-.

La Comisión Europea y Viviane Reding en general, deben limitarse a atender aquellas cuestiones que limitan la protección de los consumidores y la competencia. En este contexto, la reciente declaración de la comisaria Reding es otra garantía de fracaso: «Debemos asegurarnos de que la Web 3.0 se realize y utilice en Europa«. Para Bubley, es la declaración más megalómana que ha escuchado de un burócrata en largo tiempo, y es casi una segura garantía de que no se va a producir. El único paso que Europa tiene que tomar para responder a la próxima ola de la revolución de la información es salir del camino, y dejar la innovación a los innovadores.

Google Chrome y las Browser Wars

 

Google está por cumplir 10 años. El 27 de septiembre de 1998, Larry Page y Sergei Brin, dos estudiantes de Ciencias de la Computación de la Universidad de Stanford fundaron la empresa que tenía como principal activo un algoritmo que permitía hacer búsquedas por Internet de forma más eficiente. En dicho mes Google era sólo el nombre distorsionado de un término matemático del que nadie había oído hablar, tan conocido era que cuando Page y Brin quisieron vender el programa nadie lo quiso comprar, ante semejante exito tuvieron que empezar el negocio ellos mismos, como no, desde la cochera de un amigo. Seguro que están muy agradecidos por tamaña visión de la industria. La noticia es que Google no ha encontrado mejor forma de celebrar su aniversario que presentando oficialmente este 2 de septiembre –una semana después del lanzamiento de la versión beta del Internet Explorer 8 de Microsoft– en Buenos Aires México, San Pablo, Estados Unidos y Europa una versión beta – ¿habrá algo para Google que no sea beta? – de su navegador de Internet, al que ha llamado Google Chrome y que ha venido preparado en sus laboratorios en absoluto secreto. De acuerdo con la información que recoge la prensa, el navegador está disponible inicialmente para la plataforma Windows en 43 idiomas, las versiones para Mac OS X y Linux todavía están en desarrollo. En las primeras 24 horas de puesta en línea del Chrome, 3,5 millones de personas bajaron la versión beta (emol).

Durante la presentación del Chrome se señaló que era más rápido, estable e intuitivo que los navegadores existentes (elmundo.es). Entre diez y quince veces más rápido que Firefox y cien veces más veloz que el Explorer 7 (publico). Aparentemente no es la única ventaja. Además, el Chrome está escrito en código abierto, lo que permitirá que cualquiera pueda meterle mano, permite discurrir por la Red sin que se almacenen los registros de navegación y da opción a borrar las cookies, la memoria caché o el historial de una sesión. La navegación se realiza a través de pestañas y cada una funciona de forma independiente, de tal forma que si una se bloquea se puede seguir trabajando con el resto de las ventanas. Ventajas interesantes, habrá que ver que tal van funcionando cotidianamente.

Con este lanzamiento Google parece meterse de lleno en la tercera guerra de los navegadores (browser wars), sin embargo, a diferencia de las dos anteriores ésta se desarrollará en una serie de frentes y no se limitará al programa que permite visualizar la información de una página web. Como se sabe, la primera browser war enfrentó a Netscape con el navegador Explorer de Microsoft. Esta guerra terminó con la victoria por demolición del Explorer cuando éste se ofreció gratuitamente con el sistema operativo Windows. En 1998, la guerra estaba ya pérdida y Netscape fue comprada por AOL. La segunda browser war se refiere a la competencia entre los navegadores Mozilla Firefox, Internet Explorer, Opera Safari. Pero a diferencia de la anterior ésta es una guerra de baja intensidad. El lanzamiento del Chrome inicia el tercer capítulo de esta saga, que tiene curiosamente casi los mismos años que Google en el mercado.

Qué es lo que se viene. Como muchos recuerdan ahora, el sueño de Netscape, Oracle Sun a finales de los 90 era convertir a la Red en el computador. Pero se adelantaron a su tiempo, hace 10 años las infraestructuras de banda ancha eran incipientes, las aplicaciones web no existían y las espaldas financieras de Microsoft lo suficientemente amplias como para aguantar cualquier embate. Hoy las cosas parecen ser diferentes. Como es evidente, el Chrome no competirá sólo con el Explorer, el enfrentamiento se prepara en varios campos. Primero en el nivel de los aplicativos y posteriormente con el propio sistema operativo Windows. El Chrome pretende funcionar como una plataforma a partir de la cual corran todas las aplicaciones, es decir como si de un sistema operativo se tratara, con lo cual es fácil intuir que Google no va a por el Explorer únicamente, sino a por el hermano mayor, el sistema operativo Windows de Microsoft, lo cual ya son palabras mayores.

Creemos que estamos ante un buen momento para realizar un breve comentario respecto a los dos procesos de competencia que enfrentó Microsoft tanto en los Estados Unidos como en Europa. En el primero de los casos los jueces americanos recomendaron prudencia y no impusieron a Microsoft mayores correctivos. En Europa pasó totalmente lo contrario. En marzo de 2004, la Comisión Europeaanunció la imposición de una serie de medidas contra Microsoft por un supuesto abuso de posición de dominio al integrar el reproductor multimedia Windows Media Player (WMP) con el sistema operativo Windows. La primera medida – además de la multa – obligó Microsoft a desarrollar una versión de su sistema operativo sin el WMP y en segundo lugar a que Microsoft proporcione a sus competidores la información necesaria para facilitar la interoperabilidad de algunas aplicaciones con el sistema operativo Windows Server.

Más allá de los incuestionables límites e inconvenientes generados por la burocracia de Bruselas – se obligó a una empresa a proporcionar a sus consumidores un producto menos atractivo que uno ya existente -, la aparición del Chrome es otro reto a su decisión. Google no necesitó de ninguna decisión de los tribunales ni que alguna agencia de competencia se plegara a sus lamentos para competir con Microsoft, lo hizo con ingenio utilizando diversos componentes de otros programas de código abierto como Web Kit y Mozilla. Como señalamos en un post anterior (en el mundo del todo es gratis, Microsoft ¿Un pionero?), Microsoft no andaba tan equivocado cuando empaquetó el WMP con su sistema operativo -camino natural de la industria por otro lado-, ahora que es altamente probable que aparezcan una serie de aplicativos también gratuitos y enlazados funcionalmente con el Chrome, la pregunta que se cae de madura es ¿Qué dirán las autoridades de Bruselas ahora?