No a Keiko es un movimiento por Facebook destinado a agrupar a las personas en contra de la postulación de Keiko Fujimori a las próximas elecciones presidenciales Sus creadores consideran peligroso para la vida democráctica del país que Keiko Fujimori salga elegida presidente el 2011 y que su discurso se base en la reivindicación de un genocida. Entre el 16 y el 25 de noviembre, sin embargo, la página fue bloqueada por Facebook, impidiéndole a sus administradores actualizarla. Si bien no se la retiró del todo, se podían dejar comentarios y aún albergaba el íntegro de su contenido, al impedirles actualizarla generó rápidamente una polémica en Internet. De acuerdo con Facebook, la página infringía las Términos del Servicio de la red social y que sus políticas le permitían retirar o bloquear la actividad en cualquier página que albergue contenidos que otras personas puedan encontrar fastidiosas o abusivas. ¿Se trata de una censura?
Declaración de derechos y responsabilidades de Facebook
Sección 3. Seguridad.
Hacemos todo lo posible para hacer que Facebook sea un sitio seguro, pero no podemos garantizarlo. Necesitamos tu ayuda para lograrlo, lo que implica los siguientes compromisos:
7. No publicarás contenido que resulte hiriente, intimidatorio, pornográfico o que contenga desnudos o violencia gráfica o injustificada.Sección 5. Protección de los derechos de otras personas
Respetamos los derechos de otras personas y esperamos que tú hagas lo mismo.
1. No publicarás contenido ni realizarás ninguna acción en Facebook que infrinja o viole los derechos de otros o que viole la ley de algún modo.
2. Podemos retirar cualquier contenido o información que publiques en Facebook si consideramos que viola esta Declaración.Sección 12. Disposiciones especiales aplicables a páginas.
1. Las páginas son perfiles especiales que se pueden utilizar exclusivamente para promocionar un negocio, u otras organizaciones o trabajos comerciales, políticos o benéficos (como organizaciones sin ánimo de lucro, campañas políticas y personajes famosos).
Este problema vuelve a poner en discusión los límites entre la libertad de empresa y la libertad de expresión. De un lado, los administradores de la página No a Keiko y los seguidores de la misma tienen derecho a estar en contra de a candidatura de Keiko y a intercambiar mensajes, fotos o artículos al respecto con la absoluta libertad que la Constitución les garantiza. Del otro lado, Facebook como cualquier otra empresa tiene derecho a definir sus políticas de negocio como mejor le parezca dentro de los límites de la ley y, en virtud de ello, retirar cualquier contenido que discrecionalmente consideren ofensivo o contrario a sus intereses. Si su interés es seguir atrayendo la mayor cantidad de usuarios, es lógico que tengan como política general el retiro discrecional de cualquier contenido que resulte potencialmente ofensivo. Sus usuarios, en su oportunidad, al inscribirse en su servicio de red social aceptaron sujetarse a los Términos y Condiciones del Servicio.
Ello no significa que la libertad de empresa siempre sea preferida sobre las libertades de expresión e información, ni viceversa. En muchas legislaciones, los canales de televisión, por ejemplo, están sujetos a ciertas reglas como cuotas de pantalla, restricciones sobre la nacionalidad de sus dueños, franjas de contenido obligatorio, deberes de veracidad, de prestación de servicios a la comunidad, etcétera. Se entiende que en tanto los canales de televisión explotan comercialmente un recurso natural (el espectro radioeléctrico) su actividad debe ejercerse en armonía con el interés general. Esta idea, sin embargo, les cae como bomba a los dueños de los canales quienes constantemente oponen su derecho irrestricto para definir su actividad comercial como mejor le parezca. Ese fue el caso de la discutida Franja Electoral –espacio electoral gratuito brindando a todos los candidatos presidenciales en todos los medios–, que finalmente vino de la mano con un descuento en el pago de canon por uso de espectro radioeléctrico a los canales y hasta un pago directo de la ONPE (ver Sentencia del Tribunal Constitucional recaída sobre el Expediente No. N.º 0003-2006-PI/TC).
Si el debate no está cerrado en el caso de canales de televisión, que explotan un recurso natural de dominio eminente del Estado, en el caso de una red social como Facebook el imponer obligaciones del tipo de las que subyacen a esta queja parece más difícil de sostener. ¿Resulta razonable que una red social, que no la única en el mercado, esté obligada a tolerar todo tipo de conductas y/o actividades si incluso algunas de ellas ofenden a sus usuarios? ¿Qué pasa si simplemente están en contra de sus tendencias políticas? En este caso, no queda claro si el contenido realmente era ofensivo. La misma Keiko Fujimori es usuaria del servicio, ¿la página la ofendía? ¿Se podría exigir un debido procedimiento para el takedown de contenidos? De la forma en la que está redactada la cláusula aplicable, todo hace pensar que es bastante discrecional el juicio de Facebook y que no hay recurso que valga. Finalmente, no hay una censura solo una negativa de prestación del servicio fundada en una cláusula de las Condiciones del mismo. Si no nos gusta, ahí está la competencia. Nos vemos en el democrático Cholotube.
Actualización (04/01/10): Los administradores de la página No a Keiko han publicado el día de hoy un comunicado en el que informan del cierre definitivo de la misma por parte de Facebook. Curiosamente, el cierre se produce en los días siguientes a hacerse pública la Sentecia de la Corte Suprema que confirma la condena de veinticinco años de prisión a Alberto Fujimori Fujimori.









Oferta legal y consumo de piratería
Que vivimos en una sociedad donde reina la informalidad y donde quien logra evadir la norma es valorado positivamente frente a quien la cumple, no es novedad (lo cual es lamentable). La denominada piratería es un raya más al tigre dentro de dicha informalidad que debe ser analizada desde una perspectiva de generación como de consumo. Me detendré en reflexionar de manera muy práctica sobre éste último supuesto: el público que consume piratería y el acceso al producto formal.
Conversando en más de una oportunidad con amigos y familiares sobre este tema una respuesta muy común al cuestionamiento de por qué comprarían productos piratas es: “yo compraría el original pero no lo encuentro por ningún lado y si lo encuentro es demasiado caro“. Hace un par de años Henry Spencer entrevistó a Martín Moscoso, quien lidera desde hace algunos años la Dirección de Derechos de Autor del INDECOPI donde ponía sobre el debate ambos puntos. En el comentario de presentación de la entrevista, Spencer agrega lo siguiente: “¿Hay alguna razón que pueda justificar que ciudadano común y corriente consuma piratería? ¿Qué hay si quiero disfrutar de una película que no va a ser estrenada comercialmente en una sala de cine, ni editada por alguna empresa formal de DVD en nuestro país?“
Coincido en que no existe ninguna razón que justifique el consumo de piratería. Quizás el limitado o difícil acceso nos permita entender por qué algunas personas optan por comprar piratería pero de ninguna manera justificar dicha conducta. Probablemente quien consume piratería se pueda ver tentado, ante la impotencia de no poder acceder al producto formal, a exaltar las “bondades” de la piratería. Sin embargo dicha perspectiva varía cuando ese mismo consumidor se convierte en productor de los contenidos. Un creador que vive únicamente de la venta de sus obras dificilmente andará feliz por las calles gritando “soy feliz si me piratean”. En todo caso, es un discurso de corta duración.
Por otro lado Spencer anota un punto muy importante sobre el que incide toda la entrevista: ¿y que hay por el lado de la oferta legal? . Considero que este es uno de los temas medulares en las discusiones sobre piratería y propiedad intelectual que se refleja también en las respuestas de mis amigos y familiares cuando les hablo del tema. No existe en el Perú una oferta consistente y difundida que brinde una manera de acceder a contenidos de calidad a un precio razonable. Según sostiene Martín, para los empresarios no resulta rentable introducir dicho material en el circuito comercial peruano ya que la piratería destruye al producto original lo que al final convierte todo esto en un círculo vicioso. Sin embargo sobre este último punto soy optimista y creo que existen maneras de poder desarrollar nuevos modelos de negocios creativos que frenen los efectos de la piratería más allá del enforcement, todo está en cómo responder inteligentemente a las nuevas necesidades de los consumidores.
Echemos un vistazo a la escena local.
Un caso muy ilustrativo que no debemos olvidar es el de Distribuidora Bolivariana (“DB”) para el lanzamiento del álbum “Pop Porn” de la banda “Líbido” en el año 2002. Tal como se indica en esta nota (bajar hasta “Libido (14/12/2002) Pop Porn”) “Libido plantea un nuevo trabajo de distribución y venta del disco, a fin de minimizar el efecto de la piratería en nuestro país “es el disco original, no es ninguna versión popular, tratamos de ser muy cuidadosos en tratar de poner este disco cerca de la mano del consumidor, éste va tener una distribución horizontal por todo el Perú, estará en supermercados, autoservicios, discotiendas, y kioskos. Se trata de un canal de venta para un disco de mayor cobertura, prácticamente en cada esquina. Estamos conversando con los vendedores informales para que puedan ofrecer un original a buen precio -15 soles- y tengan un buen margen de ganancias“, afirmó Jorge Santillán, representante de distribuidora Bolivariana“ (ver también aquí). Quizás, éste se trate de uno de los primeros casos peruanos donde una empresa apuesta por la reducción de costos en el precio final del disco y por la masiva distribución de un producto original y de calidad a un precio accesible. La novedad vendría ademas por esta idea de convertir a la fuerza pirata en fuerza de ventas formal. Editorial Norma hizo lo suyo en el terreno editorial. Siete años después Jaime Cuadra viene aplicando una fórmula similar de venta de discos a bajo costo aunque a través de canales de distribución tradicionales y el resultado de su más reciente producción, un disco navideño a cargo del coro Arpegio, apunta en la misma dirección que su exitosa producción “Cholo Soy” (album de vals peruano en chill out).
No debe extrañarnos tampoco cómo ahora las franquicias de café y hasta las empresas de telecomunicaciones crean sus propios sellos discográficos, esquemas de negocio donde la tecnología se convierte en el principal aliado. Definitvamente los mecanismos de producción y de distribución de contenidos han cambiado y pueden generar magníficas oportunidades para creativamente enfrentar airosamente a la piratería si se logran conciliar las necesidades del consumidor en términos de calidad, costos, acceso y portabilidad del contenido así como la compensación económica a los creadores. Por lo tanto, ”la pelota” también está en la cancha de la industria y si es el caso que el negocio está cambiando y se está trasladando a otras espacios con nuevos matices, sus estructuras deberán adaptarse a los nuevos desafíos que dicha realidad impone.