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Cuatro semanas que podrían cambiar los derechos de autor en Perú

El boletín Digital Rights LAC [1] que publican un grupo de ONGs latinoamericanas incluye este mes un artículo mío sobre #IntervenganAPDAYC [2] y su posible impacto en el régimen de derechos de autor en Perú. En el artículo, resumo las principales consecuencias que ha traído la investigación de Marco Sifuentes y Jonathan Castro [2] sobre los malos manejos de sociedad de gestión colectiva: desde las audiencias en el Congreso hasta el cambio del Director de la Oficina de Derechos de Autor.

Lo mejor que puede pasar tras el escándalo de APDAYC no es la renuncia de sus directivos o la desarticulación de la sociedad de gestión colectiva. Sin perjuicio de las responsabilidades individuales existentes, quizás lo mejor que nos pueda pasar sea que APDAYC nos sirva de excusa para tener una conversación que traíamos pendiente como país. Un estado que busca construir su política cultural y promover el respeto por la propiedad intelectual no puede darse el lujo de cerrar los ojos a su realidad, que se resume en pequeñas cosas como que el mayor centro de comercialización minorista de copias ilegales del país (Polvos Azules) esté a pocas cuadras de la Corte Suprema.

Perú necesita identificar los problemas actuales de su sistema de derechos de autor y discutir posibles soluciones. Es un debate que muy pocas veces nos hacemos en voz alta y, sin embargo, con frecuencia actuamos como si lo tuviésemos muy claro, en espacios de negociación secretos como el del Acuerdo Trans Pacífico (TPP) donde Perú está sentándose a asumir obligaciones que pesarán tanto o más que una ley dada por el Congreso.

Sobre el tema, hay dos ideas importantes que no han recibido suficiente atención. La primera tiene que ver con que muchas de las “denuncias” realizadas como parte la investigación no eran tanto denuncias contra APDAYC sino contra las leyes de derechos de autor mismas. El ejemplo más claro es el polémico caso de cobro por uso de música en matrimonios o en eventos de carácter benéfico. No se trata de algo que APDAYC haya inventado sino que es algo que la ley le autorizó a hacer o, mejor dicho, no le prohibió hacer vía una excepción. Mucha de la indignación contra APDAYC realmente debió ir dirigida contra quien escribió la Ley de Derechos de Autor en 1996 y se preocupó muy poco por estos casos. Por suerte, como señalo en el artículo, hay trece proyectos de ley esperando discusión en el Congreso que intentan cambiar parte del marco legal que permite esto. Con independencia de cuál sea mi opinión personal sobre el fondo del asunto, creo que un debate público sobre el tema va a ser muy saludable.

El otro tema tiene que ver con la acción de Indecopi en toda la historia. Como sabemos, en varias ocasiones Indecopi había sancionado y hasta destituído al Consejo Directivo de APDAYC por distintas faltas. Sin embargo, en Perú la palabra de Indecopi nunca es la última palabra. Al tratarse de una instancia administrativa, puede ser recurrida dos veces ante el Porder Judicial, hasta tres si es que se llega a la Corte Suprema o hasta cuatro si es que se termina en el Tribunal Constitucional. Eso significa que cualquier decisión que pueda tomar la Comisión de Derechos de Autor de Indecopi, como la que recientemente suspendió al Consejo Directivo de APDAYC [3], puede ser revisada hasta cinco veces más antes de poder ejecutarse. Es decir, podría ser retrasada dos o tres años en el mejor de los casos incluso si es que lo dicho por Indecopi es jurídicamente correcto. Creo que este es un sistema que está roto y que nos debe invitar a repensar si debemos de mantener un modelo administrativo para la solución de controversias en materia de derechos de autor. O regresamos al modelo judicial o instauramos un sistema mixto con una instancia administrativa y una judicial. Como están las cosas, es imposible que alguna autoridad pueda hacer valer alguna ley bajo un sistema de este tipo. APDAYC lo sabe y lo ha estado aprovechando todo este tiempo. Si al Indecopi le preocupa tanto su imagen pública, quizás este sea un tema a considerar aunque le signifique deshacerse de algunas de sus oficinas y funcionarios.

Pueden leer el artículo completo desde la web de Digital Rights LAC [1] y, si les interesa, pueden suscribirse para que les llegue a su correo electrónico [4].