en Delitos, Derecho a la Privacidad, Derechos de Autor, Estados Unidos, Libertad de expresión, Neutralidad de la Red, Sociedad de la Información

La responsabilidad de Cholotube

Cuatro suboficiales de la Policía Nacional del Perú se han visto involucradas la semana pasada en un escándalo mediático y cuasi político a raíz de un video difundido a través de Internet en el que aparecen desnudas. En concreto, el video fue subido a los servidores de Hard Sex Tube, una página de Estados Unidos que brinda el servicio de alojamiento de videos pornográficos no profesionales (amateur). Luego, el link del video fue propuesto por un usuario para ser embebido en la página Cholotube. En pocas horas, la aparición del video trascendió en diversos blogs y motivó que la recien juramentada Ministra del Interior tome la decisión de separarlas del cuerpo policial. A propósito del tema, resulta interesante el debate propuesto por Marco Sifuentes sobre qué puede hacerse con Cholotube. La pregunta que subyace a ello es, nuevamente, si es que resulta posible controlar Internet. Adelanto que no tengo una respuesta tajante a la cuestión, pero me parece importante tener en cuenta ciertos elementos sobre este caso.

En primer lugar, Cholotube solo embebe los videos alojados en los servidores de terceros. Esto significa que no los aloja en sus propios servidores, sino que a través de su página otorga a sus usuarios la posibilidad de publicar los links a videos que han sido alojados en otras páginas (que van desde Youtube o Megavideo hasta el referido Hard Sex Tube). Esto implica que por cada video que aparece en la página podríamos reconocer hasta cinco sujetos involucrados: (1) la persona que graba el video, (2) la persona que sube el video a Internet, (3) la persona o compañía que accede a alojar el video en sus servidores, (4) la persona que provee de la metadata necesaria a Cholotube para poder embeber el video; y, (5) Cholotube, que acepta embeber el video en su propia página e indexarlo en sus directorios. Visto así, ¿desaparecer Cholotube soluciona algo? No, porque Cholotube es el último eslabón de la cadena. Para estos efectos, la situación de Cholotube no es distinta a la del blog Doctor Monique o la de cualquier otra página que podría embeber el mismo video.

Sin embargo, ¿el que Cholotube solo embeba los videos no significa que esté exento de responsabilidad? Si alguno de los videos embebidos viola el derecho a la intimidad de las personas (como es el caso del video en controversia) o contiene pornografía infantil, por ejemplo, al embeberlo en su página web está realizando una comunicación pública del video a través de un medio social. Este extremo, sin embargo, es largamente discutido por académicos y tribunales. Embeber un video no es más que colocar un retazo de código HTML que contiene un hipervínculo a un video. Es decir, desde un punto de vista técnico, es igual que vincular una página web a través de un link. En casos relacionados a violaciones de derechos de autor, se ha resuelto en otra sede que hacer un link es tan solo una colaboración indirecta a la comisión de la falta. En el caso del delito de Violación de la Intimidad a través de un medio de comunicación social (artículo 154 del Código Penal Peruano), creo que debería apreciarse con cuidado la responsabilidad de Cholotube. ¿Acaso los blogs y los periódicos que han reproducido la noticia no han jugado un papel similar? Creo que el problema reside en que estamos atacando el brote en lugar de combatir la infección. El esfuerzo de la Policía debe enfocarse en rastrear a los responsables de la grabación y publicación del video, que viola el derecho a la intimidad de las personas que aparecen en él. La forma mediante la cual hayan sido difundidos masivamente es importante pero no es el tema central en el debate.

Ahora, frente a la propuesta del representante de la Red Peruana Contra la Pornografía Infantil de que sean los Proveedores de Internet (ISP, por sus siglas en inglés) quienes controlen el acceso a páginas que realicen la difusión de material ilegal, creo que sí es necesario pensar con mayor detenimiento el asunto. Dada la dinámica propia de la Internet, es altamente posible que frente a un panorama en el que se controle el acceso a ciertas páginas web desde los proveedores de Internet, se logre encriptar el contenido o la velocidad con la que aparezcan páginas espejo sea superior a la de la censura. Además, como lo han sostenido Brown y Adams, limitar la posibilidad de que los usuarios utilicen programas de encriptación es algo que vienen intentando las autoridades de Estados Unidos desde hace años y ha fallado espectacularmente. Peor aún, desde el punto de vista de la libertades informativas, es una decisión bastante sensible otorgar el poder de censura de la Internet a una entidad pública o privada. Finalmente, en el soñado supuesto en el que mediante estas medidas pueda detenerse la aparición de videos como estos, ello no significaría que éstos dejen de ser difundidos en centros comerciales populares en discos compactos o a través de correo electrónico, dado el progresivo abaratamiento del hardware de almacenamiento de datos.

No digo que la violación de normas sobre privacidad o que prohiben la pornografía infantil esté bien. Dichos hechos acarrean responsabilidad penal y el Estado debe preocuparse por perseguirlos, investigarlos y condenarlos. Esta labor, sin embargo, debe realizarse procurando la mínima interferencia a la libertad de los particulares no involucrados. Como decía Albert Camus, si el hombre fracasa en conciliar justicia y libertad, fracasa en todo.

Comentar

Comentario

  1. Miguel,
    Añadiría que hay que tener en cuenta las disposiciones ya aprobadas (más no aún desarrolladas) por el TLC con Estados Unidos referentes a «Limitación de Responsabilidad de los Proveedores de Servicios de Internet».
    Saludos,

  2. Buen punto de vista. A decir verdad, el tema de la intimidad, la tecnología, el delito y la Internet da para mucho más. Nosotros como institución estamos claros que no tenemos la solución perfecta o la última palabra. Tampoco pretendemos ser una entidad oscurantista ni censuradora, pues somos una institución defensora de los derechos humanos. Sin embargo, día a día vemos cosas cada vez más atroces y denigrantes, cosas que hieren en verdad, y a pesar de esfuerzos de instituciones de toda Latinoamerica, de legislaciones vanguardistas y campañas de prevención, el delito que se perpetúa contra menores de edad sigue en aumento.
    Si concluímos que frente a todo esto no podemos hacer nada, que sólo nos resta mirar y sonreir, entonces estamos perdidos. Tampoco decimos que sea necesario volver a épocas pasadas, pero siempre es bueno generar un debate, ya que de ahí nacen mejores ideas y se forman mejores alianzas.
    Si como bien dices, Cholotube es el último eslabón en la cadena, tampoco debemos olvidar que de igual forma, nuestra obligación será enfrentar cada eslabón. Un ejemplo: cuando se detiene a una persona que posee pornografía infantil podemos decir que él tamién en un pequeño eslabón en la gran cadena de la industria sexual que explota a millones de seres humanos en el mundo, un delito transnacional como la Trata de Personas que, lejos de indignarnos, se vuelve cada vez más soportable para muchos, e incluso imperceptible para otros. Sin embargo, es preciso seguir realizando operativos para detener a quiens produzcan, difundan, descarguen, publiquen, importen o exporten este tipo de material.
    En el caso de Cholotube, ellos saben que lo que difunden, en la mayoría de veces, es material que vulnera el derecho a la intimidad. Que ellos lo alojen o lo indexen es lo de menos, ellos lucran con ello.
    Por eso es necesario debatir cual podría ser el mejor camino: si la autoregulación (que parece ser tomada en broma por las propias empresas y medios de comunicación), la censura, el filtro, etc.
    Nosotros estamos dispuestos a aglutinar esfuerzos en torno a un sano debate, y reiteramos que no tenemos la solución sólo propuestas, que bien pueden ser tomadas en cuenta o dejadas de lado. Lo importante siempre será hacer algo y no quedarse quietos.
    Atentamente,
    RCPI-Perú
    http://www.red.org.e

  3. creo que lo importante a futuro no va a ser ni el contenido, ni quien lo hace y ni siquiera por donde se trasmite, a futuro la propiedad de quien lo emite va a ser el gran tema de discusión, ya el mundo (102 países) esta casi de acuerdo en que la libertad de expresión es un derecho connatural y cada decisión que trata de coartarlo recibe andanadas de criticas, sin embargo lo que aun no queda claro es si el operador o el mismo ISP debe algo de responsabilidad por no filtrar contenido ofensivo, que atente contra lo que es moral para algunos en contravia de lo que puede ser bueno para otros.

    Discuto enormemente que la policía peruana allá tomado la decisión de retirar y acabar con la vida de estas mujeres que en desarrollo de su propia libertad de expresarse y de la renuncia a su intimidad hayan grabado este vídeo, y que otro, o ellas mismas lo hallan publicado, me resulta un acto de censura y contrario a derechos fundamentales tan básicos como los nombrados,

    Ahora bien si lo que se quiere es de crear un ser perfecto ya sabemos como el regimen nazi lo fue logrando… pero ese es otro tema.

    Sigo creyendo que a futuro si se debe pensar en garantizar al receptor que el contenido presto a ver o escuchar no atente contra sus propios valores, o que se advierta sobre ellos, pero de ninguna manera otorgar la potestad de filtrar pues de hecho Internet es grande gracias a su poder de anonimidad expresiva.

  4. Más allá de las pertinentes consideraciones sobre si en el caso de las ya celebres “tombitas”, se han vulnerado o no derechos vinculados a la intimidad, imagen y otros; lo que queda como coda de esta historia es el reconocimiento de dos verdades:
    1. Los entornos Web 2.0 viven por y para los denominados “User Generated Content” (UGC), que a su vez responden en proporción geométrica a egos exacerbados, procastinación y ruido, mucho, mucho ruido … Como diría Sabina.
    2. En los entornos Web 2.0, se aplica aquello de “niña tú me das consuelo pero no candela”. Y es que como dice la canción de Javier Limón (http://www.youtube.com/watch?v=M0gipGoJapE&feature=related), la gente no sólo quiere consuelo, quiere candela. Y muy a nuestro pesar en este entorno, los usuarios web dospuntocero, sus relaciones y la calidad del material “generado” importan poco mientras atraigan visitas y anunciantes. Es “La economía de la atención” que le llaman: Los usuarios son remunerados por su participación con la “popularidad” y visibilidad de un ranking. Menéame, donde gran parte de los votos se realizan alrededor de contenidos creados para provocar “meneos” a cambio de poder enviar el contenido propio, es un “magno” ejemplo de cómo se pueden usar las externalidades de red típicas de Internet.
    Más detalles en
    http://www.semanaeconomica.com/users/12-maite-vizcarra/blogs/1991-para-los-blogaholics

  5. Miles de honras han quedado hecho trizas por culpa de estos malnacidos que traicionando a sus parejas cuelgan videos íntimos en la red para que todos los vean.
    Con el pretexto de defender la intangibilidad de los sitios en el ciberespacios no se puede permitir que engendros como cholotube dilapide honras.Ya que no tienden a autocensurarse sitios como ese,debe ser filtrados por organismos independientes que combaten la explotación sexual infantil .Ello seria un primer paso para regular estos sitios informales que tienden a degenerarse por lucro.
    Un acertado artículo -creo que es el más centrado que he visitado hasta ahora- es del blog desdeeltecho.Aquí el enlace por si quieren visitarlo.Allí también se originó una interesante discusión:
    http://desdeeltecho.blogspot.com/2009/02/cholotube-deberia-desaparecer.html?showComment=1237073520000#c6520869927103294501

Webmenciones

  • Cholotube 11 julio, 2016

    […] comentado ampliamente desde esta esquina el caso de Cholotube (La responsabilidad de Cholotube y Cholotube y la policía militar). Se ha escrito ampliamente sobre el tema en la blogosfera: El […]

  • Jose Orestes 11 julio, 2016

    Este link parece tener más criterio que el articulo de peru21 con respecto a Cholotube http://tinyurl.com/dyefnx

  • Meche Vs Cholotube « Trip Urbano 11 julio, 2016

    […] bien dice Blawyer, existen cinco sujetos que intervienen en el acto de publicación y difusión, yo agregaría un […]

  • Pornografía e Internet: el caso de Cholotube « El Tóxico 11 julio, 2016

    […] Habla la blogósfera en: Útero de Marita, Desde el techo, Invasiones Bárbaras, Blowyer. […]

  • Policías en Cholotube ¿Público o privado? « Invasiones Bárbaras 11 julio, 2016

    […] – La responsabilidad de Cholotube.  Excelente post  sobre Cholotube y sus implicancias legales en Blawyer.rog […]

  • Cholotube y la policía militar 11 julio, 2016

    […] historia que abordaremos en este post ha sido abordada por nuestro amigo Miguel (La responsabilidad de Cholotube) con singular certeza, esperamos y merecemos leerlo por aquí más seguido. Pero el problema […]

  • el útero de marita » ¿Qué hacemos con Cholotube? 11 julio, 2016

    […] P.S.: Una visión legal del tema en Blawyer. […]